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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ CORONEL PABLO ADRIAN S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial contra Pablo Adrián Coronel por una deuda fiscal. El Tribunal ordenó la ejecución y condenó al pago de $4.041.211,20 más intereses desde la interposición de la demanda, imponiendo costas a la vencida.

Imposicion de costas Ejecucion fiscal Apremio provincial Deuda tributaria Constitucion de domicilio 20 Ley 13.406 549 68 Fisco de la provincia de buenos aires Intereses art. 104 codigo fiscal 556) Cpcc (arts. 540 Monto $4.041.211

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: CORONEL, PABLO ADRIAN. Objeto: Ejecución de deuda fiscal por capital reclamado de PESOS CUATRO MILLONES CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS ONCE CON VEINTE CENTAVOS ($ 4.041.211,20) más intereses conforme artículo 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (12/08/26) hasta su efectivo pago. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución; se ordenó llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago del monto reclamado con los intereses legales; costas a la vencida; se difiere regulación de honorarios; se constituye domicilio procesal en los estrados por apercibimiento.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del texto del Tribunal): "Habiendo sido el demandado CORONEL, PABLO ADRIAN intimado de pago en el domicilio de calle Viamonte Nº 1345, Piso 1°, Dpto.'B' de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ver mandamiento digital adjunto) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)." "Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C., RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado CORONEL, PABLO ADRIAN haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires del capital reclamado de PESOS CUATRO MILLONES CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS ONCE CON VEINTE CENTAVOS ($ 4.041.211,20). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -día 12/08/26
- y hasta su efectivo pago." "2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 22 ley 13406 y arts 1,2,9, 10 y concs ley 14967 y modificatorias)." "3) Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 20/08/26, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénense por constituido su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese. Notifíquese."

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