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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ARPER EXPRESS S.R.L. S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió apremio provincial contra ARPER EXPRESS S.R.L. por una deuda de capital por $3.883.486,20 más intereses. El Tribunal ordenó ejecutar hasta el pago íntegro del capital reclamado e intereses según el art. 104 del Código Fiscal, impuso las costas a la vencida y constituyó domicilio procesal en los estrados.

Ejecucion Domicilio constituido Apremio provincial 20 Costas a la vencida Art. 104 codigo fiscal Fisco de la provincia de buenos aires 155 cpcc) Perdida del derecho por inactividad (arts. 116 Arper express s.r.l. $3.883.486 Interposicion de la demanda 22/06/26

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: ARPER EXPRESS S.R.L. Objeto: Ejecución/apremio provincial por capital reclamado de PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON VEINTE CENTAVOS ($ 3.883.486,20), más intereses desde la interposición de la demanda (22/06/26) conforme art. 104 del Código Fiscal. Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada pague íntegramente el capital reclamado y los intereses legales; se impusieron las costas a la vencida y se difirió la regulación de honorarios; se tuvo por constituido el domicilio en los estrados del Juzgado por encontrarse debidamente anoticiado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos textuales más relevantes): "Habiendo sido la demandada ARPER EXPRESS S.R.L. intimada de pago en el domicilio de Avda. Corrientes Nº 2451, Piso 1°, Dpto.'11' de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ver mandamiento digital adjunto) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)." "RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada ARPER EXPRESS S.R.L. haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires del capital reclamado de PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON VEINTE CENTAVOS ($ 3.883.486,20). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -día 22/06/26
- y hasta su efectivo pago." "2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 22 ley 13406 y arts 1,2,9, 10 y concs ley 14967 y modificatorias)." "3) Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 22/06/26, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénense por constituido su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese. Notifíquese."

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