Logo

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ OVOPROT INTERNATIONAL SA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución para cobrar $2.290.698 contra OVOPROT INTERNATIONAL SA por deuda fiscal. El Tribunal ordenó proceder con la ejecución y aplicar intereses desde la interposición de la demanda (12/05/22), imponiendo costas a la vencida y declarando constituido el domicilio procesal.

Ejecucion fiscal Domicilio constituido Apremio provincial Costas a la vencida Fisco provincia de buenos aires Intereses art. 104 codigo fiscal Perdida de defensa por inactividad. Notificacion y apercibimiento Ovoprot international sa $2.290.698

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: OVOPROT INTERNATIONAL SA. Objeto: Ejecución de capital adeudado por $ 2.290.698,00 más intereses por deuda fiscal. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución ordenándose llevarla adelante hasta el íntegro pago del capital reclamado y aplicando intereses conforme artículo 104 del Código Fiscal desde el 12/05/22 hasta su efectivo pago; costas a la vencida; se fija domicilio constituido en los estrados del Juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes): "Habiendo sido la demandada OVOPROT INTERNATIONAL SA intimada de pago en el domicilio de calle Cerrito Nº 146, Piso 9° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ver mandamiento digital adjunto) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)." "1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada OVOPROT INTERNATIONAL SA haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires del capital reclamado de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE ($ 2.290.698,00). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -día 12/05/22
- y hasta su efectivo pago." "2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 22 ley 13406 y arts 1,2,9, 10 y concs ley 14967 y modificatorias)." "3) Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 13/05/22, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénense por constituido su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese. Notifíquese."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar