FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ JPHNC SRL S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco provincial promovió ejecución por apremio provincial y presentó acuerdo de pago previsto en el art. 23 de la Ley 13.406 para evitar remate. El Tribunal homologó el acuerdo, reconoció la firma, dejó registrados los honorarios pactados ($304.845,62) y ordenó que, devuelto el oficio de traba, se expida sobre el levantamiento solicitado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Demandado: JPHNC SRL.
Objeto: Ejecución por apremio provincial (expediente rotulado "APREMIO PROVINCIAL") y, en este contexto, homologación de un acuerdo de pago conforme art. 23 Ley 13.406; trámite vinculado a sentencia de remate.
Decisión: Se tuvo por reconocida la firma del acuerdo de pago, se homologó el acuerdo con los alcances del art. 23 de la Ley 13.406, se dejaron presentes los honorarios pactados al letrado del Fisco y se ordenó que, devuelto el oficio de traba, a primera presentación el Tribunal se expediría sobre el levantamiento solicitado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de los párrafos más relevantes):
"I.
- Tener por reconocida la firma inserta en acuerdo de pago oportunamente allegado.-
II.
- Homologar el mencionado acuerdo de pago, con los alcances previstos en el art. 23 de la Ley 13.406.-
III.
- Tener presentes los honorarios pactados a favor del letrado representante del Fisco Provincial, DIAZ EDUARDO ALBERTO, en la suma de PESOS TRESCIENTOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 62/100 ($304.845,62). Ello conforme lo prescripto en los artículos 22 de la Ley 13.406, modif. por Ley 15.016 -art.2
- y 2, 15, 16, 21, 22, 25 y 34 de la Ley 14.967, con más el aporte de Ley 6.716.-
IV.
- Al levantamiento solicitado, devuelto que sea el oficio de traba de fs. 3, y a primera presentación, me expediré.-
REGISTRESE, NOTIFÍQUESE A LAS PARTES, conforme lo dispuesto en el art. 10 del Anexo Único de la Ac. 4039 S.C.B.A.-"
- Observaciones: La parte resolutiva final fue tomada como decisión del Tribunal; no consta en el texto el nombre del juez que suscribió la resolución.
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