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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ HARY MIGUEL ESTEBAN S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió homologación judicial de un acuerdo de pago en autos por apremio provincial. El Tribunal homologó el acuerdo, reconoció la firma, dejó constancia y ordenó el levantamiento del embargo bajo exclusiva responsabilidad del apoderado fiscal, fijando además los honorarios en $159.696,00.

Honorarios Homologacion de acuerdo Levantamiento de medidas cautelares Apremio provincial Acuerdo de pago Representante fiscal Fisco provincial Ley 14.967 Ley 13.406 Embargo (levantamiento)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: Hary Miguel Esteban. Objeto: Judicial homologación de un acuerdo de pago en el marco de un apremio provincial y levantamiento de la medida cautelar (embargo). Decisión: Se reconoció la firma del acuerdo, se homologó el acuerdo conforme al art. 23 de la Ley 13.406, se tuvieron presentes y admitieron los honorarios pactados a favor del letrado del Fisco por $159.696,00 y se ordenó, bajo la exclusiva responsabilidad del apoderado fiscal, el levantamiento de la medida cautelar (embargo).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de los párrafos más relevantes del dispositivo): I.
- Tener por reconocida la firma inserta en acuerdo de pago oportunamente allegado.- II.
- Homologar el mencionado acuerdo de pago, con los alcances previstos en el art. 23 de la Ley 13.406.- III.
- Tener presentes los honorarios pactados a favor del letrado representante del Fisco Provincial, DIAZ EDUARDO ALBERTO, en la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 0/100 ($159.696,00) . Ello conforme lo prescripto en los artículos 22 de la Ley 13.406, modif. por Ley 15.016 -art.2
- y 2, 15, 16, 21, 22, 25 y 34 de la Ley 14.967, con más el aporte de Ley 6.716.- IV.
- Bajo la exclusiva responsabilidad del apoderado fiscal, levántese la medida cautelar trabada
- Embargo
- en los presentes obrados. Líbrese el oficio por Secretaria en el modo de estilo.- REGISTRESE, NOTIFÍQUESE A LAS PARTES, conforme lo dispuesto en el art. 10 del Anexo Único de la Ac. 4039 S.C.B.A.- (Fecha consignada en el expediente: Azul, de SEPTIEMBRE de 2026. Número de expediente indicado: 22162.)

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