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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ DEDEK EDUARDO ENRIQUE S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió apremio provincial para ejecutar deuda fiscal por tributos adeudados. El Tribunal hizo lugar a la ejecución ordenando llevar adelante la subasta y ejecución hasta el pago de $852.395,10 más intereses y costas, y constituyó domicilio en los estrados por incumplimiento procesal.

Costas Ejecucion fiscal Apremio provincial Trance y remate Constitucion de domicilio procesal Intereses desde la demanda 10 Fisco provincia de buenos aires Codigo fiscal ley 10.397 Regulacion de honorarios diferida Deuda fiscal $852.395

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: Dedek Eduardo Enrique. Objeto: Ejecución (apremio provincial) para cobrar crédito fiscal consignado en título ejecutivo por el monto adeudado. Decisión: Se ordenó continuar la causa de trance y remate y llevar adelante la ejecución hasta que el ejecutado abone en forma íntegra el capital reclamado de $852.395,10, más intereses desde la interposición de la demanda hasta el efectivo pago; se impusieron costas y se difirió la regulación de honorarios; se tuvo por constituido el domicilio en los estrados del Juzgado por incumplimiento de notificaciones/constituciones de domicilio.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo, lenguaje original): "I.
- La parte ejecutada debidamente notificada en Fiscal: Calle Estrada
- Nro. 4590
- Cp. 2800
- Loc. Zarate domicilio fiscal constituido (art. 32 del Código Fiscal de la Pcia. de Bs. As., Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11) no ha opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido. En consecuencia, dásele por perdido el derecho dejado de usar.
- (arts. 7 Ley 13.406 y 155 CPCC)." "II.
- Por ello, conforme con lo pedido; la deuda que resulta del título ejecutivo agregado en forma electrónica y lo dispuesto por los arts. 104, 168 y concs. del Código Fiscal Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11." FALLO (fragmentos decisivos): "1º) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Eduardo Enrique Dedek haga al acreedor FISCO de la PROVINCIA de BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de Pesos Ochocientos Cincuenta Y Dos Mil Trescientos Noventa Y Cinco Con 10/100 ($852.395,10), con más los intereses desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago; en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal, Ley 10.397 (t.o. 2011). Con Costas (arts. 68 y 556 C.P.C.C.)." "2º) Difiérese la regulación de los honorarios profesionales del Letrado interviniente, hasta tanto obre en autos, liquidación firme (arts. 51, Ley 14.967 y 22 Ley 13.406)." "3º) No habiendo la ejecutada dado cumplimiento a lo preceptuado por los arts. 7 Ley 13.406 y 41 del C.P.C.C., tiénesele por constituido el domicilio en los Estrados del Juzgado (art. 13 de la Ley 13.406 y art. 133 C.P.C.C.)."
- Votos/diferencias: No se registran votos múltiples ni disidencias; la sentencia consta como decisión del Tribunal por la Jueza interviniente.

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