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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ DEL MONTE ALBERTO GUILLERMO S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió ejecución fiscal (apremio provincial) por deuda tributaria. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución hasta obtener el pago de $1.162.173,60 más intereses y costas, por pérdida del derecho de defensa de la ejecutada al no oponer excepciones.

Ejecucion fiscal Intereses y costas Titulo ejecutivo Apremio provincial Deuda tributaria Trance y remate Regulacion de honorarios diferida Perdida del derecho por inactividad Constitucion de domicilio judicial Codigo fiscal (ley 10.397)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: Del Monte Alberto Guillermo. Objeto: Ejecución forzosa (trance y remate) por deuda contenida en título ejecutivo por capital reclamado de Pesos Un Millón Ciento Sesenta Y Dos Mil Ciento Setenta Y Tres Con 60/100 ($1.162.173,60), más intereses. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución y se mandó llevar adelante la ejecución hasta que el ejecutado pague íntegramente el capital reclamado, con más los intereses desde la interposición de la demanda y hasta el efectivo pago; costas y regulación de honorarios diferida. Se tuvo por constituido el domicilio en los estrados del Juzgado por incumplimiento de notificaciones formales.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): I.
- "La parte ejecutada debidamente notificada en Fiscal: Calle Echeverria
- Nro. 1740
- Cp. 2804
- Loc. Campana domicilio fiscal constituido (art. 32 del Código Fiscal de la Pcia. de Bs. As., Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11) no ha opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido. En consecuencia, dásele por perdido el derecho dejado de usar.
- (arts. 7 Ley 13.406 y 155 CPCC)." II.
- "Por ello, conforme con lo pedido; la deuda que resulta del título ejecutivo agregado en forma electrónica y lo dispuesto por los arts. 104, 168 y concs. del Código Fiscal Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11." FALLO (parte dispositiva relevante): "1º) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Alberto Guillermo Del Monte haga al acreedor FISCO de la PROVINCIA de BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de Pesos Un Millon Ciento Sesenta Y Dos Mil Ciento Setenta Y Tres Con 60/100 ($1.162.173,60), con más los intereses desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago; en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal, Ley 10.397 (t.o. 2011). Con Costas (arts. 68 y 556 C.P.C.C.)." "2º) Difiérese la regulación de los honorarios profesionales del Letrado interviniente, hasta tanto obre en autos, liquidación firme (arts. 51, Ley 14.967 y 22 Ley 13.406)." "3º) No habiendo la ejecutada dado cumplimiento a lo preceptuado por los arts. 7 Ley 13.406 y 41 del C.P.C.C., tiénesele por constituido el domicilio en los Estrados del Juzgado (art. 13 de la Ley 13.406 y art. 133 C.P.C.C.)."
- Votos o disidencias: No constan votos divididos ni disidencias; el dispositivo es el que resuelve el Tribunal.

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