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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MARTINELLI CINTIA MARIEL S/ APREMIO PROVINCIAL

Ejecución fiscal por apremio provincial por deuda tributaria. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago de $2.278.667,40 más intereses, con costas; además constituyó domicilio judicial y diferió regulación de honorarios.

Costas Ejecucion fiscal Apremio provincial Deuda tributaria Trance y remate Constitucion de domicilio Honorarios diferidos Campana Ley 10.397 40 $2.278.667

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco De La Provincia De Buenos Aires. Demandado: Martinelli Cintia Mariel. Objeto: ejecución por apremio provincial para el cobro del capital reclamado de Pesos Dos Millones Doscientos Setenta Y Ocho Mil Seiscientos Sesenta Y Siete Con 40/100 ($2.278.667,40) más intereses, conforme al título ejecutivo y Código Fiscal (Ley 10.397). Decisión: Se hizo lugar a la ejecución; se ordenó continuar con el trance y remate hasta que la ejecutada pague íntegramente la suma reclamada con intereses; se impusieron costas; se diferenció la regulación de honorarios hasta la existencia de liquidación firme; y se tuvo por constituido domicilio en los estrados del Juzgado por incumplimiento de notificaciones legales.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes en lenguaje original del Tribunal): "I.
- La parte ejecutada debidamente notificada en Fiscal: Calle Croscio
- Nro. 565
- Cp. 2804
- Loc. Campana domicilio fiscal constituido (art. 32 del Código Fiscal de la Pcia. de Bs. As., Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11) no ha opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido. En consecuencia, dásele por perdido el derecho dejado de usar.
- (arts. 7 Ley 13.406 y 155 CPCC)." "II.
- Por ello, conforme con lo pedido; la deuda que resulta del título ejecutivo agregado en forma electrónica y lo dispuesto por los arts. 104, 168 y concs. del Código Fiscal Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11." "1º) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Cintia Mariel Martinelli haga al acreedor FISCO de la PROVINCIA de BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de Pesos Dos Millones Doscientos Setenta Y Ocho Mil Seiscientos Sesenta Y Siete Con 40/100 ($2.278.667,40), con más los intereses desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago; en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal, Ley 10.397 (t.o. 2011). Con Costas (arts. 68 y 556 C.P.C.C.)." "2º) Difiérese la regulación de los honorarios profesionales del Letrado interviniente, hasta tanto obre en autos, liquidación firme (arts. 51, Ley 14.967 y 22 Ley 13.406)." "3º) No habiendo la ejecutada dado cumplimiento a lo preceptuado por los arts. 7 Ley 13.406 y 41 del C.P.C.C., tiénesele por constituido el domicilio en los Estrados del Juzgado (art. 13 de la Ley 13.406 y art. 133 C.P.C.C.)."

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