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LAZCANO SUSANA RAQUEL S/ SUCESION AB-INTESTATO

Solicitud de aclaratoria en causa de sucesión ab-intestato para declarar herederos. El Tribunal declaró por derecho que suceden como herederos las hijas Dominica, Agustina, Francisca y Macarena Martinez y el cónyuge Ramón Emilio Martinez, fundando la decisión en la documentación acreditatoria, publicaciones de edictos y oficios registrales.

Herederos Declaratoria de herederos Conyuge Sucesion ab-intestato Edictos 2426 Registro de juicios universales Hijas 737) Codigo civil y comercial (arts. 2424 2433) C.p.c. (arts. 735 Aclaracion (incidente)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Dra. Francisca Martinez (peticionaria). Demandado: Sucesión de Susana Raquel Lazcano (causante fallecida). Objeto: Aclaración/instancia para dictar declaratoria de herederos en la sucesión ab-intestato de Susana Raquel Lazcano. Decisión: Se declaró que por el fallecimiento de Susana Raquel Lazcano le suceden en carácter de herederos sus hijas Dominica, Agustina, Francisca y Macarena Martinez y su cónyuge Ramón Emilio Martinez; se ordenó la notificación automatizada y cese de intervención del Agente Fiscal.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos literalmente del fallo): "RESULTA: a) Que con el certificado adjunto a la presentación inicial se acredita el fallecimiento de SUSANA RAQUEL LAZCANO (DNI 5.680.263) ocurrido el día 8/11/2025 en esta ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires. b) Que con el acta también acompañada al escrito de inicio se acredita el matrimonio de la causante con Ramón Emilio Martinez celebrado el día 27/4/1971. c) Que con los certificados adjuntos al escrito de fecha 26/5/2026 y la Libreta de Familia acompañada en soporte papel en fecha 13/8/2026, se acredita el nacimiento de las hijas del matrimonio: Dominica Martinez, el día 17/2/1972, Agustina Martinez, el día 25/4/1974, Francisca Martinez, el día 1/4/1977 y Macarena Martinez, el día 10/11/1982." "CONSIDERANDO: I) Que con los ejemplares y recibos agregados a las presentaciones de fecha 8/7/2026 y 13/7/2026 se acredita haber efectuado la publicación de edictos ordenada en autos según lo previsto por el art. 734 inciso 2do. del C.P.C. II) Que el plazo resultante de tal publicación se encuentra vencido, según lo certificara el Actuario. III) Que mediante los tramites electrónicos de fecha 24/6/2026, 7/8/2026 y el 23/6/2026 obran los oficios debidamente informados por el Registro de Juicios Universales , Registro de Testamentos e IPS." "Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto en los arts. 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación y arts. 735, 737 y concordantes del C.P.C. DECLARO: Que en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio del derecho de terceros, por el fallecimiento de SUSANA RAQUEL LAZCANO (DNI 5.680.263) le suceden en carácter de herederos sus hijas Dominica Martinez, Agustina Martinez, Francisca Martinez y Macarena Martinez y su cónyuge Ramón Emilio Martinez; este último en cuanto a los bienes propios se refiere y si los hubiere y sin perjuicio de los derechos que la ley le otorga sobre los gananciales. Cese la intervención del señor Agente Fiscal. Notifíquese de manera automatizada al domicilio constituido electrónico por las partes conforme lo previsto por el art. 10 de la Ac. 4013/21 de la SCBA (art. 1 Ac 3991/20 SCBA). Regístrese."

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