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FIDEICOMISO GRUPO GESTOR C/ LINERO LUIS ALBERTO S/ COBRO EJECUTIVO

El actor promovió cobro ejecutivo por cuatro pagarés endosados reclamando capital por $319.290 más intereses y IVA. El Tribunal hizo lugar a la ejecución y ordenó trance y remate hasta que el ejecutado pague íntegramente las sumas reclamadas, con intereses desde el 21 de julio de 2022 y costas a cargo del vencido.

Costas Ejecucion Sentencia de primera instancia Cobro ejecutivo Iva Trance y remate Fideicomiso grupo gestor Pagares endosados Intereses desde mora (21/07/2022) Cartasur cards / fideicomisos y mandatos sa (endoso) Juzgado lanus

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FIDEICOMISO GRUPO GESTOR. Demandado: LINERO LUIS ALBERTO. Objeto: Cobro ejecutivo por el capital adeudado de cuatro pagarés endosados, por un total de $319.290, más intereses y IVA. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución; se ordenó llevar adelante la causa de trance y remate hasta tanto el ejecutado abone íntegramente el capital reclamado, con devengo de intereses desde la mora del 21 de julio de 2022; costas a cargo del ejecutado; se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo, en lenguaje del Tribunal): "No habiendo la parte ejecutada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar.- Por ello, conforme a lo pedido y lo dispuesto por el art. 540 y cc. del CPCC. FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada LINERO LUIS ALBERTO haga a la parte acreedora FIDEICOMISO GRUPO GESTOR, íntegro pago del capital reclamado de $319.290, provenientes de cuatro pagarés pagaderos a la vista, siendo el primer pagaré N° 5679828 por la suma de $ 179.880, el segundo pagaré N° 5743487 por la suma de $ 159.660, el tercer pagaré N° 5753740 por la suma de $ 45.360 y el cuarto pagaré N° 5771140 por la suma de $ 64.800; habiéndose realizado pagos parciales.- Tales pagarés fueron transferidos por Cartasur Cards por endoso a favor de Fideicomisos y Mandatos SA en su carácter de fiduciario del Fideicomiso Grupo Gestor. La suma indicada devengará intereses que se calcularán desde la fecha de la mora operada 21 de Julio de 2022, día de presentación al cobro del documento denunciado en el escrito de inicio, hasta el efectivo pago, respetando los pactados en el documento adjunto en tanto no supere por todo concepto a la tasa de interés activa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires, en sus operaciones de descuento a treinta días para el tipo de moneda convenida (doct. y arg. arts. 767, 768, 769 y ccs. del Digesto Civil y Comercial de la Nación), e IVA sobre estos conforme fuera solicitado en la demanda (ley 23.349; conf. CC0003 LZ 5664, S.22-04-2015).- Costas a la parte ejecutada al resultar vencida (arts.68 y 556 del CPCC).- Difiérase la regulación de honorarios del profesional interviniente hasta la oportunidad en que exista liquidación judicial aprobada en los presentes actuados (arts.23 y 51 de la ley 14.967). Tiénese a la parte accionada por constituido el domicilio legal en los Estrados del Juzgado. (art.41 del CPCC). REGISTRESE. NOTIFIQUESE. (art.133 del CPCC).-"

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