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CRESTANI NORBERTO FABIAN C/ MENDIETA PATRICIA SILVIA S/ DETERMINACION PRECIO/ALQUILERES

El actor solicitó la fijación de un canon locativo por el uso exclusivo del inmueble común tras el divorcio. El Tribunal hizo lugar a la demanda y fijó el canon locativo en $450.000 mensuales más intereses desde la notificación de la demanda, por corresponder la compensación al condómino excluido del goce.

Ocupacion exclusiva Fijacion canon locativo Costas a la demandada Tasa pasiva banco provincia Condominio / copropiedad Intereses desde la mora (26/10/2024) Perito martillero ($900.000) Monto fijado $450.000 Prueba / pericia desistida Art. 1983 y ss. ccyc

¿Qué se resolvió en el fallo?


- Quién demanda (Actor) NORBERTO FABIAN CRESTANI.
- A quién se demanda (Demandado) PATRICIA SILVIA MENDIETA.
- Qué se reclama (Objeto de la demanda) Determinación/fijación de precio de alquiler (canon locativo) por el uso exclusivo del inmueble en condominio sito en Alfredo Palacios N° 3276, Valentín Alsina; se reclama que la demandada abone el 50% del canon locativo correspondiente a su cuota indivisa.
- Qué se resolvió (Decisión del tribunal) Se hizo lugar a la demanda. Se condenó a la demandada a abonar a la actora la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL ($450.000) mensuales, más intereses desde la notificación de la demanda (26/10/2024) hasta su efectivo pago, aplicándose la tasa pasiva más alta del Banco Provincia de Buenos Aires en los distintos períodos de aplicación. Se impusieron las costas a la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "Por lo precedentemente expuesto, y en base a las constancias obrantes en autos, la demanda promovida por fijación de canon locativo, ha de prosperar. (Arts.375, 384 y 474 del Cód. Procesal)" "CUARTO; Establecido el derecho del copropietario de reclamar compensación por el uso y goce exclusivo de la propiedad por otro de los titulares, corresponde fijar el canon locativo demandado en la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL ($450.000) mensuales, teniendo en cuenta el porcentaje de la propiedad que pertenece a cada condómino (50%) y el valor locativo del bien estimado por el perito martillero en la experticia de fecha 20/02/2026 ($900.000) de la que no encuentro mérito para apartarme de sus conclusiones conforme los artículos 384 y 474 del Código Procesal, con más los intereses que serán considerados en el siguiente apartado. (Art. 165 del Cód. Procesal)." "Los intereses correrán desde la mora, esto es la fecha de notificación de la demanda 26/10/2024 (Ver presentación electrónica de fecha 31/10/2024), toda vez que no se ha acompañado en autos otro documento que acredite una intimación fehaciente por parte del actor en cuanto al reclamo del canon locativo, y hasta su efectivo pago (Arts. 767 y 768 del Cód. Civil y Comercial) de conformidad con la tasa que abona el Banco Provincia de Buenos Aires en sus depósitos a treinta días vigente en los distintos períodos de aplicación, (tasa pasiva) por ser ello ajustado a la doctrina legal de la Suprema Corte Provincial aplicable al caso ..., con la salvedad de que al momento de practicar el cálculo deberá utilizarse la tasa pasiva más alta en sus distintos periodos de aplicación." "FALLO I
- Hacer lugar a la demanda promovida por NORBERTO FABIAN CRESTANI contra PATRICIA SILVIA MENDIETA respecto del inmueble ubicado en la calle Alfredo Palacios N° 3276 de Valentin Alsina, Lanús condenando a este último a abonar a la actora dentro de los cinco días de quedar firme la pertinente liquidación ... la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL ($450.000) mensuales, con más los intereses desde la fecha de notificación de la demanda 26/10/2024 hasta su efectivo pago de conformidad con la tasa pasiva más alta que abona el Banco Provincia de Buenos Aires ..." Fundamentos adicionales relevantes:
- Se declaró acreditada la condominialidad por certificación registral: "ha quedado suficientemente acreditado que las partes resultan ser condóminas del inmueble objeto de autos."
- Se rechazó la prueba ofrecida sobre mejoras por insuficiencia probatoria y por desistimiento de la pericia arquitectónica por la demandada: "ninguna prueba clara, precisa, contundente y determinante ha producido a tales efectos... la pericia arquitectónica ofrecida por la parte demandada, fue desistida por la misma en fecha 27/11/2025."
- Doctrina sobre legitimación y procedencia de fijación de canon entre condóminos citada por el Tribunal (art. 1983 y ss. del CCyC).

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