GANGAN, ROBERT s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA
Solicitud de carta de ciudadanía: el solicitante requirió la incorporación a la ciudadanía argentina. El Juzgado Civil y Comercial Federal Nº4 hizo lugar a la petición y declaró ciudadano argentino a Robert Gangan, con las obligaciones y advertencias legales previstas en el Decreto 3213/84.
¿Quién es el actor?
ROBERT GANGAN (solicitante de la carta de ciudadanía).
¿A quién se demanda?
Estado nacional (procedimiento administrativo/judicial de incorporación a la ciudadanía argentina).
- Objeto de la demanda: Solicitud de carta de ciudadanía argentina conforme a la Ley Nº 346 y su decreto reglamentario.
¿Qué se resolvió?
Se declaró ciudadano argentino a Robert Gangan, D.N.I. Nº 96.389.621, nacido el 1 de noviembre de 1990, con la extensión del título respectivo, condicionada a que bajo juramento comprometa su fidelidad a la República, su Constitución y sus Leyes; se le informó la obligación de enrolarse dentro de los doce meses y la posibilidad de cancelación de la ciudadanía por lo previsto en el art. 15 del Decreto 3213/84 en caso de fraude u ocultamiento de datos. Se ordenaron las comunicaciones al Registro Nacional de las Personas, a la Cámara Nacional Electoral-Registro de Cartas de Ciudadanía, a la Dirección Nacional de Migraciones y se libró oficio al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"Que en estos autos se han acreditado las condiciones prescriptas por la Constitución, la ley N° 346 y su decreto reglamentario para la incorporación de extranjeros a la Ciudadanía Argentina."
"Por ello, teniendo en cuenta la expresa intervención del Ministerio Público Fiscal en fecha 7/08/2026 y habida cuenta la manifestación de voluntad expuesta por la persona peticionante en el formulario de fecha 28/11/2024, RESUELVO: Declarar ciudadano argentino a ROBERT GANGAN, D.N.I. Nº 96.389.621, nacido el 1 de noviembre de 1990, en Grozni, República Autónoma Socialista Soviética de Chechenia e Ingusetia, de nacionalidad rusa, hijo de Mijail Ivanovich GANGAN (padre) y de Elena Valerievna BARYKINA (madre), a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que bajo juramento comprometa su fidelidad a la República, su Constitución y sus Leyes; haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro de los doce meses y que, en el supuesto de conocerse con posterioridad a la concesión de la ciudadanía argentina, la existencia de algún impedimento legal, sobrevendrá la situación prevista en el art. 15 del Decreto 3213/84, que determinará la cancelación de la ciudadanía, por haber mediado fraude y/u ocultamiento de datos en el trámite de su obtención."
- Votos en disidencia: No consta disidencia en el fallo.
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