BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ IBARRA ROBERTO MIGUEL S/ COBRO EJECUTIVO
El Banco de la Provincia de Buenos Aires promovió cobro ejecutivo por saldo de tarjeta Visa y contrato de mutuo. El Tribunal ordenó la ejecución ordenando el pago íntegro de $267.578,89 más intereses y costas, aplicando los convenios de partes para el cómputo de intereses con límites legales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Demandado: IBARRA ROBERTO MIGUEL.
Objeto: Cobro ejecutivo de $267.578,89 por saldo de tarjeta de crédito Visa ($80.948,92) y saldo de contrato de mutuo ($186.629,97), más intereses y costas.
Decisión: Se hizo lugar a la ejecución y se ordenó llevarla adelante hasta que el ejecutado abone la suma reclamada ($267.578,89) más los intereses conforme los parámetros indicados y las costas de la ejecución. Se tiene por constituido domicilio procesal del ejecutado en los estrados del Juzgado al no haber constituido domicilio procesal.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes en el lenguaje del tribunal):
"I.
- Toda vez que la parte ejecutada no opuso excepciones legítimas, vencido como se halla el plazo para hacerlo y de conformidad con lo que disponen los arts. 540 y 548 del Cód. Procesal, corresponde dictar sentencia de trance y remate.
II.
- En primer lugar, en lo tocante a la falta de pago del saldo generado por el uso de la tarjeta de crédito Visa, toda vez que con relación al cómputo de intereses existe convenio de partes, cabe aplicar éste, y hasta la fecha del efectivo pago, siempre y cuando no superen -en su conjunto
- la tasa de interés por financiación de saldos en tarjeta de crédito que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires (arts. 768 y 771 CCyCN y arts. 52, 44, 102 y 104, Decreto Ley 5965/63) a calcular a partir de la fecha de la mora producida a la fecha del vencimiento de pago del resumen de tarjeta, base de esta ejecución, hasta la fecha del efectivo pago.
III.
- Asimismo, en cuanto al préstamo personal otorgado, toda vez que con relación al computo de intereses existe convenio de partes, con relación a los $ 186.629,97 (pesos ciento ochenta y seis mil seiscientos veintinueve con 97/100) proveniente del contrato de mutuo cuya mora ha operado el 31/12/2019, cabe aplicar este, hasta el tope de una vez y media el monto que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento a treinta días por todo concepto (arts. 767, 768 y 769 del Cód.Civil y Comercial)."
- Bloque dispositvo final (transcripción):
"Por ello, RESUELVO: Mandar llevar adelante la ejecución hasta que IBARRA ROBERTO MIGUEL haga a BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago de la suma de $ 267.578,89 (pesos doscientos sesenta y siete mil quinientos setenta y ocho con 89/100) (correspondiendo la suma de $ 80.948,92 por saldo generado por el uso de la tarjeta de crédito Visa y la suma de $ 186.629,97 proveniente del contrato de mutuo) más los intereses en la forma indicada y las costas de la ejecución (arts. 68 y 556 del Cód. Procesal). No habiendo el ejecutado constituido domicilio procesal tiéneselo por constituido en los Estrados del Juzgado. REGISTRESE.-"
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