CONTAR SOCIEDAD ANONIMA C/ FRADEZ HERNAN GONZALO Y OTRO/A S/ COBRO EJECUTIVO
Demanda de cobro ejecutivo contra los accionados por capital adeudado derivado de tarjeta de crédito. El Tribunal hace lugar a la ejecución y ordena continuar el trance y remate hasta lograr el íntegro pago de $602.066 más intereses y costas, aceptando los accesorios previstos en el contrato y declarando vencido el plazo para excepciones.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: CONTAR S.A.
Demandado: Fradez Hernan Gonzalo y Daniela Soledad de Souza.
Objeto: Cobro ejecutivo por capital reclamado por tarjeta de crédito por la suma de SEISCIENTOS DOS MIL SESENTA Y SEIS PESOS ($602.066) más intereses y costas; ejecución con trance y remate.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda ejecutiva; se ordena continuar la ejecución hasta obtener el pago íntegro del capital reclamado, con más intereses y costas; se difiere regulación de honorarios; se tiene por constituido domicilio en los estrados por apercibimiento y se dispone notificaciones por Secretaría y nota conforme art. 133 RITUAL.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"No habiendo la accionada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 155 del C.P.C.). Y atento el dictamen favorable emitido por el Agente Fiscal, no caben dudas que el suscripto puede dictar sentencia en la presente causa haciendo lugar a la demanda instaurada."
"I) Esta causa de trance y remate, mandando llevar la ejecución adelante hasta tanto los accionados FRADEZ HERMAN GONZALO y DANIELA SOLEDAD DE SOUZA hagan a la accionante CONTAR S.A. integro pago del capital reclamado que asciende a la suma de SEISCIENTOS DOS MIL SESENTA Y SEIS PESOS ( $ 602.066) con más intereses y costas de la ejecución (arts. 68 y 556 del C.P.C.)."
"En cuanto a los intereses, si bien en supuestos similares al presente se ha seguido un antecedente ... por el cual se establece un limite a tales accesorios en una vez y media la tasa cobrada por el Banco de la Nación Argentina ... se aplican los estipulados en el contrato de tarjeta de crédito acompañado en tanto se ajustan a lo prescripto por los arts. 16 y 18 de la ley 25.065 admitiendo el rubro IVA a los intereses moratorios (Sala 2dra. causa n° 179.412, cit.)."
"Se difiere la regulación de honorarios hasta la oportunidad prevista por la ley arancelaria."
"A los fines de dar cumplimiento a lo prescripto por el art. 14 de la Acordada 2514/93 se deja constancia que la intimación de pago y citación de remate a la parte accionada se efectuó en el domicilio de la calle sito en ROQUE SAENZ PEÑA N° 1279 de esta ciudad de Mar del Plata -DOMICILIO DENUNCIADO BAJO RESPONSABILIDAD DE PARTE-. Se hace efectivo el apercibimiento establecido por el art. 41 del C.P.C. y téngase a la accionada por constituído el domicilio en los estrados del Juzgado. REGISTRESE. NOTIFIQUESE A LA EJECUTANTE por Secretaría al respectivo domicilio electrónico, mediante envío de copia.(ac. 3991 SCBA) Y A LA ACCIONADA POR NOTA (ART. 133 DEL RITUAL). HAGASE SABER AL AGENTE FISCAL EN FORMA ELECTRÓNICA."
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