ARIAS MARCELA ALEJANDRA C/ FEA EDGARDO S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Incidente por beneficio de litigar sin gastos solicitado por la actora. El Tribunal declaró la caducidad de la instancia por inactividad procesal (art. 316 C.P.C.) y le impuso las costas a la actora, autorizando notificación en domicilio constituido por imposibilidad de cédula.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: ARIAS MARCELA ALEJANDRA, actora.
Demandado: FEA EDGARDO.
Objeto: Solicitud de beneficio de litigar sin gastos.
Decisión: Se declaró operada la caducidad de la instancia por haber transcurrido más de tres meses desde la última actuación idónea (2 de julio de 2019), imponiéndose las costas a cargo de la actora. Se ordenó registrar copia y se dispuso notificar en el domicilio constituido físicamente por ser imposible la notificación por cédula.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción textual de los párrafos más relevantes del fallo):
"Informando el actuario en este acto que la última actuación idónea para impulsar el procedimiento ha sido la de fecha 2 de julio de 2019 y habiendo por lo tanto transcurrido desde la misma más de tres meses, declárase operada la caducidad de la instancia (art. 316 del C.P.C.), con costas a cargo de la actora. Registarse copia."
"Notifíquese la presente en el domicilio constituido físicamente, atento que el art. 135 inc. 12° del Código Procesal Civil y Comercial establece que la sentencia definitiva se notificaran por cédula y ésta es imposible realizarla de otro modo, siendo ello causa grave que habilita la excepción a la notificación electrónica establecida por la Ac. 3845/2017."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: