ARCA c/ PEREZ PABLO JAVIER s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
Ejecución fiscal promovida por ARCA contra Pérez Pablo Javier por deuda tributaria. El Juzgado Federal declaró expedita la ejecución y habilitó a la Administración Federal de Ingresos Públicos a proceder hasta obtener el pago íntegro del capital de $6.086.336,54 más intereses, imponiendo las costas a la demandada y regulando la liquidación e impugnación administrativa.
¿Quién es el actor?
ARCA (Ex A.F.I.P.) – representante del Fisco.
¿A quién se demanda?
PEREZ PABLO JAVIER.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal por la suma de $6.086.336,54 correspondiente a los conceptos detallados en la boleta de deuda agregada en autos.
¿Qué se resolvió?
Se declaró expedita la ejecución de la deuda contra PEREZ PABLO JAVIER, quedando la AFIP habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital de $6.086.336,54 con más intereses legales; se impusieron las costas a la demandada; se ordenaron medidas accesorias en caso de insuficiencia del embargo bancario y se reguló la forma de liquidación e impugnación administrativa.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Las presentes actuaciones caratuladas 'ARCA c/ PEREZ PABLO JAVIER s/EJECUCION FISCAL
- ARCA (Ex A.F.I.P.)', Expediente Nº24856/2026, venidas a despacho para resolver la ejecución fiscal promovida por ARCA en contra de PEREZ PABLO JAVIER por la suma de $6086336.54 correspondiente a los conceptos que surgen de la boleta de deuda agregada en autos."
"I) Que la demandada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones dentro del plazo legal (art. 92 de la Ley Nº 11.683, y sus modificaciones). Que de conformidad a lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde mandar a llevar adelante la ejecución en contra del demandado."
"II) Asimismo, para el caso de resultar negativo o insuficiente el embargo bancario ordenado, hágase lugar al pedido de inhibición general de bienes solicitado por la actora, bajo su exclusiva responsabilidad, a cuyo fin deberá trabarse la inhibición general de bienes del demandado ante el Registro de la Propiedad Automotor y el Registro General de la Provincia ... Dicha medida será levantada una vez y en la medida en que se haya satisfecho la pretensión fiscal..."
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en el dispositivo final.
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