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SIMONIAN, ELIZABETH RUTH c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/REAJUSTE DE HABERES

Simonian promovió demanda contra la ANSeS para el reajuste de sus haberes previsionales (PBU, PC y PAP) y el pago de diferencias retroactivas. El Juzgado Federal hizo lugar a la demanda, revocó la resolución administrativa y ordenó el recálculo de los haberes, pago de diferencias con intereses (Tasa Pasiva Promedio) y la abstención de descuentos por impuesto a las ganancias, además de declarar la inconstitucionalidad de artículos señalados.

Impuesto a las ganancias Anses Diferencias retroactivas Tasa pasiva promedio Reajuste de haberes Prestacion basica universal Prestacion compensatoria Prestacion adicional por permanencia Prescripcion art.82 l.18.037 Inconstitucionalidad art.24 l.24.241


¿Quién es el actor?

SIMONIAN, ELIZABETH RUTH.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes previsionales (Prestación Básica Universal, Prestación Compensatoria y Prestación Adicional por Permanencia), pago de diferencias retroactivas y declaración de inconstitucionalidad de normas de las leyes 24.241, 24.463 y otras; además pedido de que no se practiquen retenciones por impuesto a las ganancias sobre las diferencias.
- Qué se resolvió (decisión del tribunal): Se hizo lugar a la demanda y se revocó la resolución de la ANSeS; se ordenó al Director Ejecutivo de la ANSeS que recalcule la PBU, P.C. y P.A.P. conforme a las pautas y períodos establecidos en el considerando, abone íntegramente las diferencias retroactivas no prescritas con intereses (aplicando la Tasa Pasiva Promedio del BCRA), y se abstenga de descontar impuesto a las ganancias sobre las diferencias y sobre los haberes a percibir. Se impusieron costas a la demandada y se declararon inconstitucionales los artículos indicados (art. 24 L.24.241 en sus alcances; arts. 7 y 9 L.24.463; y la ley 27.609). El cumplimiento deberá acreditarse en 120 días.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de 2-3 párrafos relevantes y citas textuales importantes): 1) "Por consiguiente, y adhiriendo a los fundamentos expuestos por la Corte Suprema, corresponde —de verificarse el supuesto mencionado— declarar la inaplicabilidad del tope de 35 años establecido por el art. 24 de la Ley 24.241 y ordenar a la ANSeS que, al calcular la Prestación Compensatoria, considere la totalidad de los años con aportes realizados con anterioridad al 15 de julio de 1994, computando íntegramente el esfuerzo contributivo del actor previo a la entrada en vigencia del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones." 2) "De ello se desprende la necesidad de actualizar las remuneraciones históricas de los beneficiarios que cesaron con posterioridad al 31 de marzo de 1991, a fin de cumplir lo dispuesto por los arts. 24 y 30 de la Ley 24.241." 3) "En este entendimiento, la CSJN, por mayoría, ya se expidió sobre el impuesto a las ganancias en la causa: 'García, María Isabel s/Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad', en su sentencia fechada el 26.03.2019, mediante la cual, dispuso reintegrar a la actora, desde el momento de interposición de la demanda y hasta su efectivo pago, los montos retenidos por aplicación de las normas cuestionadas. Asimismo, la cesación de los descuentos en concepto de impuesto a las ganancias de la prestación previsional hasta tanto el Congreso de la Nación legisle sobre el punto."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia; la Parte Resolutiva es única y emanada del Juzgado.

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