PALACIO, CARLOS ALFREDO c/ AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
Acción declarativa de inconstitucionalidad contra retenciones del impuesto a las ganancias sobre prestaciones previsionales. El Juzgado Federal admitió el allanamiento de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, declaró inconstitucional la normativa impugnada y ordenó la abstención de futuros descuentos y la restitución de las retenciones con intereses.
¿Quién es el actor?
Carlos Alfredo Palacio (parte actora).
¿A quién se demanda?
Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) — anteriormente Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
- Objeto de la demanda: Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad y/o inaplicabilidad de diversos artículos de la Ley de Impuesto a las Ganancias en relación con descuentos sobre haberes jubilatorios; petición de abstención de descuentos y devolución de montos retenidos desde la interposición de la demanda, con intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
Admitido el allanamiento formulado por la demandada, se hizo lugar a la demanda, se declaró la inconstitucionalidad de las normas cuestionadas y se ordenó a la demandada abstenerse de descontar impuesto a las ganancias sobre la prestación previsional hasta que el Congreso legisle sobre la materia. Asimismo, se ordenó la restitución de las sumas retenidas desde la interposición de la demanda, con aplicación del interés de la tasa pasiva promedio que publica el BCRA desde la retención hasta su efectivo pago; la demandada deberá presentar en el plazo de diez (10) días de quedar firme la sentencia la liquidación correspondiente para iniciar el trámite presupuestario del reintegro. Se impusieron las costas en el orden causado y se regularon honorarios a favor del letrado de la actora en 10 UMA por todo concepto, con reglas de pago y actualización según ley 27.423.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos y citas relevantes):
"Que del allanamiento... surge que dicha parte se ha allanado en forma real, incondicionada, oportuna y total a la pretensión de la parte actora, por lo que corresponde admitir el allanamiento formulado."
"Efectuadas dichas precisiones, y atento al reclamo formulado por la parte actora en el escrito de demanda, corresponde admitir el allanamiento planteado por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a la pretensión formulada por la parte actora y en consecuencia hacer lugar a la demanda entablada por la actora en su contra. Declarar la inconstitucionalidad de la/s normas cuestionada/s en la demanda, y ordenar a ésta se abstenga de descontar a la actora suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias de la prestación previsional, hasta tanto el Congreso legisle sobre el punto, conforme fuera decidido en el precedente “García” de la CSJN."
"Asimismo, deberá restituir los montos que se hubieran retenido por aplicación del impuesto a las ganancias, desde la interposición de la demanda, en función de la pretensión formulada por la accionante."
"Como consecuencia de ello, ordenar que a las sumas cuyo reintegro se ordena deberá aplicarse el interés de la tasa pasiva promedio que mensualmente publica el Banco Central de la República Argentina, desde que cada suma fue retenida y hasta su efectivo pago."
"De conformidad a dichas disposiciones y el reconocimiento efectuado por la accionada en la primera oportunidad procesal, corresponde imponer las costas del presente en el orden causado (conf. Art. 68, 2 Parte del CPCCN)."
- Disidencias: no existen votos en disidencia; sentencia de primera instancia dictada por el juez firmante.
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