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RENO DANIEL ERNESTO C/ GRANCE BRIZUELA JUAN PABLO DE JESUS Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Demanda por daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito con lesión o muerte. El Tribunal decretó la caducidad de la instancia por inactividad procesal de la actora y resolvió la conclusión del proceso, con costas a la actora y diferimiento de la fijación de honorarios hasta la firmeza.

Caducidad de la instancia Inactividad procesal Art. 310 cpcc Danos y perjuicios automotor Diferimiento honorarios Art. 316 cpcc Conclusion de actuaciones Costas a la actora Notificacion autonotificable Plazo procesal (3 meses)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Reno Daniel Ernesto. Demandado: Grance Brizuela Juan Pablo de Jesus y otros. Objeto: Reclamo por daños y perjuicios automotores con lesiones o muerte (DAÑOS Y PERJ. AUTOM. C/LES. O MUERTE). Decisión: El Tribunal decretó la caducidad de la instancia por vencimiento del plazo de impulso procesal, hizo lugar a la caducidad con costas a la actora y dio por concluidas las actuaciones; diferió la fijación de honorarios hasta que la resolución adquiera firmeza.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción textual de los párrafos relevantes): "Que la parte actora se encuentra notificada mediante autonotificable de la intimación ordenada en autos con fecha 11/08/2026 sin haber respondido la misma y por ende activado la prosecución de este proceso. Por lo que teniendo en cuenta ello y encontrándose ampliamente vencido el plazo previsto en el art. 310 Inc. 3° del C. Procesal para que se opere la caducidad de instancia en esta causa (tres meses), ya que la última actuación idónea tendiente a su impulso data del 3/10/2025, corresponde decretar la misma (art. 316 del citado cuerpo legal). Por ello:" "RESUELVO: 1º) Decretar la caducidad de la instancia, con costas a la actora (art. 68 del CPCC). Consecuentemente, dar por concluidas las presentes actuaciones.- 2º) Diferir la fijación de honorarios para una vez que la presente adquiera firmeza.- 3°) REGISTRESE. NOTIFIQUESE"
- Observaciones sobre la regla de mayoría: Se toma como decisión la parte resolutiva final provista, que es la que determina el resultado del Tribunal.

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