FERNANDEZ XIMENA ALEJANDRA Y OTRO/A S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
El actor solicitó la homologación de un convenio transaccional celebrado con el requerido por reclamo no especificado en autos. El Tribunal homologó el acuerdo, impuso las costas al requerido, reguló honorarios a favor de los letrados y ordenó intimación para el pago de tasa y sobre tasa de justicia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: FERNANDEZ, XIMENA ALEJANDRA.
Demandado: JUAN PABLO PINASCO.
Objeto: Homologación judicial de un acuerdo/convenio arribado entre las partes conforme art. 308 del Código Procesal (solicitud de homologación de convenio).
Decisión: Se hizo lugar a la homologación del acuerdo; se impusieron las costas al requerido; se tuvieron presentes y se regularon honorarios de los profesionales intervinientes; se intimó a la demandada al pago de la tasa y sobre tasa de justicia en los montos liquidados.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
"Que las partes han arribado al acuerdo, solicitando su homologación judicial por el Juzgado de acuerdo a lo preceptuado por el art.308 del ritual."
"II.
- Representando dicha transacción la voluntad expresa de las partes (arts. 958 y 959 del Código Civil y Comercial), con los alcances de los arts. 1641, 1642 1ra. parte, 1643 del mismo cuerpo legal, no apareciendo en forma manifiesta, vicios dirigidos a la voluntad del acto mismo, corresponde acceder a lo solicitado."
Texto del dispositivo final:
"RESUELVO: 1º) Dar eficacia al acuerdo arribado por las partes, homologando el mismo.-
2º) Imponer las costas a cargo del requerido Sr. JUAN PABLO PINASCO, conforme lo pactado en la clausula CUARTA del acuerdo .
3º) Tener presente el convenio de honorarios celebrado respecto de la Dra. XOLANO, NORMA LETICH , Tomo 4 Folio 255 del C.A.A.L en su carácter de abogada de la parte actora en la suma de $ 716.750 (equivalente a 13,46 IUS), conforme lo pactado en la clausula cuarta, con mas los aportes de ley.-
Regular los honorarios del Dr. MARCELO FABIÁN BOEDO, inscripto al Tº 8 Fº 928 del CAM, en su carácter de letrado patrocinante de la parte requerida, tomando como base regulatoria la suma de $2.886.997,80 y atendiendo a la naturaleza y labor desarrollada fijar sus honorarios en la suma de $372.624 (equivalente a 7 IUS) con mas los aportes de ley.-
Se deja constancia que el Valor del Jus $ 53.232. Ley 14967/17.-
4º) REGISTRESE. NOTIFIQUESE.
Intímase a la demandada para que dentro del término de cinco días haga efectivo el monto correspondiente a tasa y sobre tasa de justicia que en este acto liquida la actuaria en las sumas de $ 63.073,95 y $ 3.153,70 respectivamente, bajo apercibimiento de pasar los antecedentes al Departamento de Cobro de Honorarios y Ejecución de Tasa de Justicia departamental para su ejecución y poner en conocimiento del hecho a Rentas. NOTIFIQUESE.-"
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