Logo

BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ RIOS OSCAR FERNANDO S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO

El Banco Provincia promovió cobro sumario de sumas de dinero contra Oscar Fernando Ríos. El Tribunal declaró extinguido el proceso por desistimiento, impuso las costas a la accionante y dejó sin regulación los honorarios por resultar inoficiosa la labor.

Desistimiento Banco provincia Inoficiosidad Extincion de la accion Cobro sumario No regulacion de honorarios Art. 304 cpcc Costas a la actora Archivo de autos. Ley 14.967 art. 30

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Banco De La Provincia De Buenos Aires. Demandado: Rios Oscar Fernando. Objeto: Cobro sumario de sumas de dinero. Decisión: Se declaró extinguida la acción por desistimiento, se ordenó el archivo oportuno, se impusieron las costas a la accionante y no se regularon honorarios por inexistencia de intimación de pago.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original del Tribunal): "Lo dispuesto por el Art. 304 del CPCC, el cual en su parte pertinente establece que '...En cualquier estado de la causa anterior a la sentencia, las partes, de común acuerdo, podrán desistir del proceso manifestándolo por escrito al juez, quien sin más trámite lo declarará extinguido y ordenará el archivo de las actuaciones...'." "Al respecto, se ha sostenido que el fundamento del instituto jurídico en estudio se encuentra en el principio dispositivo que regula el proceso, siendo intrascendente para el magistrado la razón que ha tenido el actor para abandonar su pretensión (FENOCHIETTO, Carlos Eduardo, 'Código Procesal, Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires', Comentado, anotado y concordado legislación complementaria, Editorial Astrea, 6ta. Edición actualizada y ampliada, Pág. 366)." "Por los fundamentos vertidos, disposiciones legales referidas, y doctrina invocada: RESUELVO: Declarar extinguida la presente acción. Oportunamente procédase a su archivo. Imponer las costas a la accionante (Art. 73, CPCC). No habiendo sido intimado de pago el demandado, resultando inoficiosa la labor desarrollada en autos, no corresponde regular honorarios a los letrados actuantes (Art. 30, Ley 14.967)."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar