Logo

RODRIGUEZ ALADINO RENE S/SUCESION AB-INTESTATO

Los herederos declarados solicitaron la ampliación de la declaratoria de herederos para incluir al cónyuge supérstite Nélida Gabotto Domenech por el ejercicio del derecho de opción. El Tribunal hizo lugar al pedido y amplió la declaratoria de fecha 16/02/11 para declarar heredera a Nélida Gabotto Domenech, fundando su decisión en el art. 3316 del Código Civil y normas procesales aplicables.

Incidente Derecho de opcion Sucesion ab-intestato Ampliacion declaratoria de herederos Aceptacion de herencia Conyuge heredera Art. 3316 c.c. Herederos transmisarios Registracion de declaratoria Declaratoria de herederos 16/02/11

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Eduardo Mauricio Rodríguez y Martin Alberto Rodriguez, herederos declarados en autos. Demandado: La sucesión del causante Aladino René Rodríguez (sucesión ab-intestato). Objeto: Se solicita la ampliación de la declaratoria de herederos dictada el 16/02/11 para incluir a la cónyuge del causante, Nélida Gabotto Domenech, quien falleció el 21/11/21, mediante el ejercicio del derecho de opción por parte de sus hijos (Eduardo M. y Martin A. Rodríguez). Decisión: Se hizo lugar al incidente y se amplió la declaratoria de herederos de fecha 16/02/11, declarando heredera a Nélida Gabotto Domenech y ordenando se registre la ampliación junto con la declaratoria original y sus aclaratorias.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal como aparecen en la sentencia): "Que en las actuaciones se presentan Eduardo Mauricio Rodríguez y Martin Alberto Rodriguez, herederos declarados en autos, a solicitar se amplíe la declaratoria de herederos dictada en fecha 16/02/11 a favor de la cónyuge del causante -Nélida Gabotto Domenech-, quien falleciera en fecha 21/11/21, con posterioridad al Sr. Aladino Rene Rodríguez (ver expediente 'GABOTTO DOMENECH NÉLIDA S/SUCESIÓN AB-INTESTATO N° 63.618' de trámite por ante este Juzgado)." "El heredero que sobrevive un solo instante al difunto, no transmite la herencia a sus herederos, lo que transmite es la situación en que el causante se encontraba frente a esa herencia. Si esta persona llamada a suceder fallece sin haber aceptado o repudiado la herencia que se le ha deferido, es decir, si no ha ejercido el derecho de opción, este último pasa a sus herederos quienes podrán ejercerlo respecto de aquella por el tiempo que le resta a su transmitente." (Cód. Civ. y Normas Complementarias. Análisis doctrinal y jurisprudencial Tomo 6A Arts. 3262/3732 Sucesiones Alberto J. Bueres y Elena I. Highton Editorial Hammurabi Reimpresión Edición 2006). "Atento lo solicitado y conforme lo normado por los arts.3316 del C.C. y arts. 166, 738 y conc. del CPCC; RESUELVO: Ampliar la declaratoria de herederos dictada en fecha 16/02/11 incluyendo en la misma y declarando como heredera de autos a su cónyuge Nélida Gabotto Domenech (atento el derecho de opción ejercido por Eduardo Mauricio Rodríguez y Martin Alberto Rodriguez). Regístrese conjuntamente con copia de la Declaratoria de Herederos de fecha 16/02/11 y su aclaratoria de fecha 23/02/11 y 07/08/26."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar