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ALVAREZ JUAN JOSE S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se solicitó la declaratoria de herederos por fallecimiento de Juan José Álvarez. El Tribunal declaró herederos a los hijos JUAN JOSÉ ÁLVAREZ, ENZO EMILIANO ÁLVAREZ y ANTONELLA MAGALI ÁLVAREZ TORRES, y a la cónyuge OLGA BEATRIZ TORRES, por los bienes propios, confirmando el dictamen del Agente Fiscal y el cumplimiento de formalidades procesales.

Declaratoria de herederos Hijos Conyuge Sucesion ab-intestato Publicacion de edictos Certificado de defuncion Herederos legitimarios Art. 735 c.p.c. Arts. 2426 y 2433 ccycn Cumplimiento ley 7205

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Agente Fiscal, quien dictaminó y promovió la solicitud de declaratoria de herederos. Demandado: Procedimiento sucesorio por fallecimiento de JUAN JOSÉ ÁLVAREZ (causante). Objeto: Declaratoria de herederos ab-intestato de JUAN JOSÉ ÁLVAREZ. Decisión: Se hace lugar a la declaratoria de herederos, reconociendo como tales a los hijos JUAN JOSÉ ALVAREZ, ENZO EMILIANO ALVAREZ y ANTONELLA MAGALI ALVAREZ TORRES, y a la cónyuge OLGA BEATRIZ TORRES (en cuanto a bienes propios y con los derechos sobre gananciales que la ley concede). Cesa la intervención del Agente Fiscal. Notifíquese y regístrese.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes del fallo): "PRIMERO: Con el certificado adjunto al escrito de fecha 29/12/2025, el fallecimiento de JUAN JOSÉ ÁLVAREZ, ocurrido el día 15 de diciembre de 2025 en la ciudad de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires.-" "SEGUNDO: Con el acta adjunta al escrito de fecha 29/12/2025, el matrimonio del causante con OLGA BEATRIZ TORRES, celebrado en la ciudad de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires, el día 16 de marzo de 1973.-" "TERCERO: Con los certificados adjuntos a los escritos de fechas 29/12/2025 y 27/08/2026, el nacimiento y filiación de los hijos habidos de dicha unión, llamados JUAN JOSÉ ALVAREZ, ocurrido el día 22 de mayo de 1976; ENZO EMILIANO ALVAREZ, ocurrido el día 2 de noviembre de 1988 y ANTONELLA MAGALI ALVAREZ TORRES, ocurrido el día 30 de marzo de 1993, todos en la ciudad de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires.-" "CUARTO: Con el comprobante adjunto al escrito de fecha 02/09/2026 se justifica que se dio cumplimiento con la publicación de edicto ordenada en fecha 03/02/2026, con el resultado que informa la Actuaria en fecha 07/09/2026." "QUINTO: Con el informe de fecha 04/02/2026 se dio cumplimiento con la ley 7205 y con el de fecha 20/03/2026 con lo dispuesto por el art. 724 del C.P.C. (modificado por la ley 11511)." "POR ELLO, conforme lo pedido, lo dictaminado en fecha 09/09/2026 por el Sr. Agente Fiscal y lo dispuesto por los arts. 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación y por el art. 735 del Cód. Procesal, se declara en cuanto hubiere lugar por derecho, que por fallecimiento de JUAN JOSÉ ALVAREZ le suceden en el carácter de herederos, sus hijos, JUAN JOSE ALVAREZ, ENZO EMILIANO ALVAREZ Y ANTONELLA MAGALI ALVAREZ TORRES y su cónyuge, OLGA BEATRIZ TORRES, en cuanto a los bienes propios se refiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda sobre los gananciales." "Cese la intervención del Sr. Agente Fiscal. Notifíquese y regístrese."

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