NIETO MOZO MARÍA S/ SUCESIÓN AB-INTESTATO
La declaratoria de herederos por sucesión ab-intestato de María Nieto Mozo solicitó el reconocimiento de sus dos hijas como herederas. El Tribunal hizo lugar al pedido y declaró que, por el fallecimiento de la causante, le suceden en carácter de herederas MIRTHA LÓPEZ y NÉLIDA ROSA LÓPEZ, fundando la decisión en la documentación de defunción, partidas de nacimiento, cumplimiento de edictos e informes registrales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Las hijas de la causante, MIRTHA LÓPEZ y NÉLIDA ROSA LÓPEZ (peticionantes del trámite de declaratoria de herederos).
Demandado: Sucesión de MARÍA NIETO MOZO (causante).
Objeto: Declaratoria de herederos por fallecimiento ab-intestato de MARÍA NIETO MOZO.
Decisión: Se declara, en cuanto ha lugar por derecho, que por el fallecimiento de MARÍA NIETO MOZO le suceden en carácter de herederos sus hijas MIRTHA LÓPEZ y NÉLIDA ROSA LÓPEZ. Cesa la intervención del Sr. Agente Fiscal. Notifíquese y regístrese.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes y citas textuales):
- "PRIMERO: Con el certificado de defunción adjunto al escrito de fecha 29/05/2026, el fallecimiento de la causante MARÍA NIETO MOZO ocurrido el día 11 de julio de 2003, en la ciudad de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires."
- "SEGUNDO: Con las actas adjuntas al escrito de fecha 29/05/2026, el nacimiento y filiación de las hijas de la causante llamadas MIRTHA LÓPEZ, ocurrido el día 2 de diciembre de 1941. en la ciudad de Buenos Aires y NÉLIDA ROSA LÓPEZ, ocurrido el día 30 de agosto de 1945, en la ciudad de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires."
- "TERCERO: Con el comprobante adjunto al escrito de fecha 11/08/2026, haber dado cumplimiento con la publicación de edictos ordenada en fecha 23/06/2026, sobre cuyo resultado y vencimiento certifica la Actuaria en fecha 14/08/2026."
- "CUARTO: Con el informe del Registro de Testamentos de fecha 01/07/2026, se dio cumplimiento con el art. 724 del C.P.C. (modificado según ley 11.511) y con el informe del Registro de Juicios Universales de fecha 25/06/2026 se dio cumplimiento con la ley 7205."
- "POR ELLO, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Sr. Agente Fiscal en fecha 09/09/2026, lo dispuesto por el art. 3565 del Código Civil (Ley n° 340) y el art. 735 del Código Procesal, se declara en cuanto ha lugar por derecho que por el fallecimiento de MARÍA NIETO MOZO le suceden en carácter de herederos, sus hijas, MIRTHA LÓPEZ y NÉLIDA ROSA LÓPEZ."
- Disposición final: "Cese, en consecuencia la intervención del Sr. Agente Fiscal. Notifíquese y regístrese."
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