EMPRENDIMIENTO LA LUISINA S.R.L C/ MENDOZA JULIO SEBASTIAN S/ COBRO EJECUTIVO
El actor promovió una ejecución cambiaria por un pagaré por $75.000 contra el Sr. Mendoza por incumplimiento de pago. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, ordenó el cobro del capital y morigeró las tasas pactadas aplicando desde la mora la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires; impuso costas al ejecutado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: EMPRENDIMIENTO LA LUISINA S.R.L, representada por la Dra. Verónica Andrea Cajal.
Demandado: Sr. JULIO SEBASTIAN MENDOZA.
Objeto: Cobro ejecutivo de un pagaré por la suma de $75.000 (Pesos setenta y cinco mil) más intereses pactados y costas.
Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado pague íntegramente el capital reclamado ($75.000) más intereses que se liquidarán conforme al considerando cuarto; se impusieron las costas al vencido y se difirió la regulación de honorarios. Se autorizó notificación automatizada.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo, lenguaje original):
"PRIMERO: Cabe considerar que, 'La búsqueda de un balance racional entre las determinaciones consagradas en la LDC y las disposiciones reguladoras del pagaré -que obviamente deben ser cumplidas (v. art. 101, dec. Ley 5965/63)
- así como las de los procesos de ejecución, en orden al alcance de la restricción para adentrarse en los aspectos causales de la obligación, constituye un empeño, más que plausible, necesario. Pues a poco andar se advierte que la aplicación excluyente de estas últimas enervaría la fuerza normativa de la LDC, con la consiguiente frustración del derecho de quien se obliga por medio de un pagaré de consumo a la información precisa, detallada, clara y veraz que prescribe su art. 36, derecho que recién podría ser invocado, de manera tardía y probablemente ilusoria en el juicio ordinario posterior. De todas formas el rechazo de la postura que desconsidera la operatividad de la LDC no ha de conducir a abrogar por completo el marco jurídico de la ejecución cambiaria, ni necesariamente hace intransitable la vía del cobro ejecutivo del pagaré.'"
"SEGUNDO: En el reclamo de autos se desprende que el accionante, EMPRENDIMIENTO LA LUISINA S.R.L, presenta a ejecución un pagaré, en los términos del dec. ley 5965/63, complementado con la documentación acompañada mediante escrito liminar, en el que, a partir de las estipulaciones identificadas como 1 y sgtes., surge el cumplimiento de los recaudos establecidos en el artículo 36 de la ley 24.240. Así advierto suficiente información al consumidor, respecto de las obligaciones que estaba asumiendo en la oportunidad, en concordancia con lo dictaminado por el Ministerio Público Fiscal."
"CUARTO: En los concerniente a los intereses, debo señalar que las partes han acordado que, para el caso de que se incurra en mora por la falta de pago, como lo es el caso de autos, se aplicará en concepto de compensatorios el 2% mensual (24% anual), con más los punitorios pactados en '2 y 1/2 la tasa que percibe el Banco de la Provincia de Buenos Aires para sus operaciones de descuento a 30 días' desde la fecha de mora. Analizado ello, y siendo que resultan excesivos los pactados, corresponde morigerarlos, aplicando desde la fecha de mora (15/10/2021) y hasta el efectivo pago, por todo concepto la tasa que cobre el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones ordinarias de descuento a 30 días (tasa activa)."
FALLO (parte dispositiva reproducida): "1º) Mandar llevar adelante la ejecución promovida por EMPRENDIMIENTO LA LUISINA S.R.L contra MENDOZA JULIO SEBASTIAN hasta tanto el ejecutado haga a la acreedora íntegro pago del capital reclamado de $75.000 (Pesos setenta y cinco mil) con más los intereses, que se liquidarán siguiendo las pautas establecidas en el considerando cuarto. 2º) Imponiendo las costas al accionado vencido y difiriendo la regulación de los honorarios para la oportunidad prevista por el art. 51 de la ley 14.967. 3º) REGISTRESE y NOTIFIQUESE la presente a la ejecutada 'ministerio legis' y al accionante en forma automatizada..."
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