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CALISSI ORLADO RICARDO S/ SUCESION AB-INTESTATO

Trámite incidental en sucesorio para ordenar transferencia de saldo de cuenta y regular honorarios y tasa de justicia. El Tribunal no hace lugar a la transferencia solicitada por el momento; intimó a Rodolfo José Lupacchini a intervenir, ordenó la inscripción de la declaratoria de herederos sobre USD 12.385,53 y reguló honorarios y liquidó la tasa de justicia a cargo de la masa hereditaria.

Sucesion ab intestato Declaratoria de herederos Inscripcion registral Ley 6716 Boleta de aportes Transferencia de saldo Honorarios profesionales (53 jus) Tasa de justicia ($417.940 54) Intimacion (rodolfo jose lupacchini) Cuenta cbu 0140042728512000152619 observacion: muchas de las partes procesales (actor/ demandado/ juez) no se encuentran expresamente individualizadas en el texto remitido Por ello fueron consignadas como desconocido.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: DESCONOCIDO (se menciona una presentación electrónica titulada "CREDITO SUCESORIO
- LEGITIMO ABONO
- DECLARACION JURADA PATRIMONIAL
- INFORMES
- TASA DE JUSTICIA
- SOLICITA TRANSFERENCIA", y consta actuación informada por VOLKSWAGEN S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS). Demandado: DESCONOCIDO (se intimó al Sr. Rodolfo José Lupacchini para tomar intervención). Objeto: Solicitud de transferencia de saldo bancario vinculado a la sucesión (transferencia de USD 12.385,53), con trámites relativos a declaratoria de herederos, regulación de honorarios y pago de tasa de justicia. Decisión: No se hace lugar por el momento a la transferencia solicitada; se intimó a Rodolfo José Lupacchini a presentarse en 10 días; se ordenó la inscripción de la Declaratoria de Herederos dictada el 09/02/2026 respecto de USD 12.385,53 en la cuenta indicada; se reguló en forma definitiva los honorarios de la Dra. Miriam Noemí Ottolini en 53 JUS; se liquidó la tasa de justicia y su contribución por $417.940,54 y $20.897,02 respectivamente; se impartieron pautas previas a ordenar la transferencia (presentar boleta de aportes, manifestar si se deducirán honorarios, acompañar escrito ocular firmado por todos los coherederos, pagar tasas).
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual el tribunal): "A lo solicitado, por el momento no corresponde hacer lugar a lo solicitado, debiendo estarse a lo que se resuelve "infra"." "Atento el estado de autos y lo oportunamente denunciado en el punto VI del libelo de inicio, intimase al Sr. Rodolfo José Lupacchini, para que en el plazo de 10 días se presente en éstos autos a tomar la intervención que correspondiere. NOTIFÍQUESE por cédula en su domicilio real (arts. 135 y arg. 729 del CPCC, art. 18 CN; arg. Arts. 2356, 2357 y cctes del CCyC)." "Sin perjuicio de lo dispuesto "ut supra" y en los términos de lo normado por el art. 765 del CPCC, procédase a la Inscripción de la Declaratoria de Herederos dictada en autos en fecha 09/02/2026, en relación a la suma de DOLARES DOCE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 53/100 (USD 12.385,53) existentes en la cuenta N° 5120-15261 CBU 0140042728512000152619 perteneciente a las presentes actuaciones." "A efectos de dar cumplimiento con lo normado por los arts. 21 y 22 de la Ley 6716, regúlanse los honorarios de la profesional interviniente en mérito e importancia de las tareas desarrolladas en autos y en forma definitiva, Dra. Miriam Noemí OTTOLINI (T° VI, F° 325 CADJMerc), en su carácter de letrada patrocinante, en 53 JUS (RP 873/26 punto 1) por sus trabajos efectuados en las tres etapas del proceso, todas ellas a cargo de la masa hereditaria (arts. 1, 9, 10, 13, 14, 15, 16, 22, 24, 27, 28, 35, 51, 54 Ley 14.967), con más el aporte legal que determina la ley 6716 y los aportes de IVA, si correspondieren." "Se deja constancia que se ha tomado como base regulatoria la suma de $ 18.997.297,47 (cotización del dólar a la fecha anterior de interposición de la demanda, esto es el día 22/09/2026, es de $1.533,83 (...) )." "Hágase saber que deberá encontrarse agregada la boleta de pago de los Aportes de Ley y manifestar la letrada interviniente si ha percibido sus honorarios, en forma previa a todo trámite (arts. 21 inc. 1º y 22 de la ley 6716)." "Asimismo, hágase saber al peticionante que en forma PREVIA a ordenar la transferencia solicitada, deberá: a) Indicar si de las sumas cuya orden se dispone "ut supra", deducirá los honorarios regulados, como asi también el 5% de aportes por juicio voluntario, a tales fines deberá remitir la respectiva boleta de aportes
- b) ... acompañe el escrito firmado en forma ológrafa por la totalidad de los co-herederos en adjunto pdf. c) ... procede la Sra. Actuaria, a liquidar la tasa de justicia y su contribucion, ascendiente las mismas a la suma de $ 417.940,54 y $ 20.897,02 respectivamente ..."
- Votos en disidencia: No consta voto dividido; el pronunciamiento aparece como providencia del Tribunal (primera instancia) sin votos individuales.

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