MARINO ALEJANDRO S/ SUCESION AB-INTESTATO
Solicitud de rectificación registral del nombre de coheredero y solicitud de inscripción por tracto abreviado. El Tribunal hizo lugar a la petición y ordenó dejar establecido el nombre correcto de Aurelo Horacio MARINO y su registración en el expediente Nº 712/2021.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Peticionante (no individualizado en el texto suministrado).
Demandado: No consta parte contraria identificada en el proveído.
Objeto: Corrección del nombre consignado erróneamente del coheredero Aurelo Horacio MARINO en la sentencia interlocutoria de fecha 30/08/2021 y lo solicitado respecto de inscripción por tracto abreviado.
Decisión: Se hizo lugar a lo solicitado; se dejó establecido el nombre correcto del coheredero como Aurelo Horacio MARINO y se ordenó su registración en relación al Nº 712/2021. Asimismo, se remitió a lo dispuesto en fecha 5/8/2026 respecto de la inscripción por tracto abreviado.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"Atento lo solicitado y, en uso de la facultad prevista en los arts. 36 inc. 3) y 166 inc. 2) del CPCC; habiéndose consignado erróneamente el nombre del coheredero Aurelo Horacio MARINO en la sentencia interlocutoria de fecha 30/08/2021, déjese establecido que su nombre correcto es: Aurelo Horacio MARINO. REGÍSTRESE en relación al Nº: 712/2021 (cfr. SCBA15/9/81; DJBA, 122-176)."
"Al primer párrafo: Asistiéndole razón al peticionante, estese a lo que se dispone 'infra'.
Al segundo párrafo: A lo solicitado -inscripción por tracto abreviado
- estese a lo dispuesto en fecha 5/8/2026 in fine."
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