ARCA c/ PLASTICOS POLIPET BAHIA BLANCA SOCIEDAD ANONIMA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
Ejecución fiscal promovida por el Fisco Nacional (ARCA) contra Plásticos Polipet Bahía Blanca S.A. por deuda tributaria. El Juzgado Federal ordenó remate y autorizó la ejecución hasta obtener el pago íntegro de $5.845.675,23 más intereses, gastos y costas, por pérdida del derecho del ejecutado al no oponer excepción en término.
¿Quién es el actor?
FISCO NACIONAL
- AFIP (hoy Agencia de Recaudación y Control Aduanero
- ARCA).
¿A quién se demanda?
PLASTICOS POLIPET BAHIA BLANCA SOCIEDAD ANONIMA.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal para el cobro de deuda tributaria, por capital reclamado de $5.845.675,23, más intereses, gastos y costas.
¿Qué se resolvió?
Se ordenó remate y se llevó adelante la ejecución hasta que la actora (ARCA) obtenga del demandado el íntegro pago del capital reclamado de $5.845.675,23, sus intereses, gastos y costas; se declaró perdido el derecho del ejecutado por no haber opuesto excepción legítima en término; se remitió la regulación de honorarios al procedimiento legal aplicable y se hizo efectivo el apercibimiento del art. 41 del CPCCN. Se mandó registrar y notificar por Secretaría a la actora, quedando a su cargo la notificación a la contraria, y se ordenó la publicación conforme a la Acordada CSJN N° 10/2025.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo):
"Agréguese y téngase presente lo expuesto por la actora en los términos de la ley 11.683: 92. No habiendo opuesto excepción legítima alguna el ejecutado dentro del término que se le acordara, el que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar. En consecuencia, conforme lo pedido y lo prescripto en los arts. 542, 551 y 558 del CPC y C de la Nación, SENTENCIO esta causa de REMATE y ordeno llevar adelante la ejecución, hasta que la actora FISCO NACIONAL
- AFIP (hoy Agencia de Recaudación y Control Aduanero
- ARCA) se haga del demandado -PLASTICOS POLIPET BAHIA BLANCA SOCIEDAD ANONIMA-, íntegro pago del capital reclamado de $ 5.845.675,23, sus intereses, gastos y costas (CPCCN: 68). En cuanto a la regulación de honorarios, estése al procedimiento dispuesto en la ley 11.683: 92, el decreto 65/05 y las disposiciones 85/00 y 651/01 de la AFIP. Hágase efectivo el apercibimiento del art. 41 del CPCCN. Todo lo que, ASÍ RESUELVO. Regístrese y notifíquese por Secretaría a la actora, quedando a su cargo la notificación a la contraria. Publíquese (Acordada CSJN N° 10/2025)."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en el instrumento analizado.
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