Logo

ARCA c/ VIÑUELA MARIA EUGENIA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex AFIP) promovió ejecución fiscal contra Viñuela María Eugenia por deuda tributaria. El Juzgado Federal declaró procedente la ejecución y ordenó el remate hasta que la actora perciba el pago íntegro del capital reclamado de $54.684.224,28 más intereses, gastos y costas, con regulación de honorarios conforme normativa aplicable.

Honorarios Ejecucion fiscal Afip Remate Deuda tributaria Perdida del derecho Bahia blanca Arca Ley 11.683 Art. 41 cpccn

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO NACIONAL
- AFIP (hoy Agencia de Recaudación y Control Aduanero
- ARCA). Demandado: VIÑUELA MARIA EUGENIA. Objeto: Ejecución fiscal para el cobro de capital reclamado por $54.684.224,28, más intereses, gastos y costas. Decisión: Se declaró la pérdida del derecho del ejecutado por no oponer excepción legítima en término, y en consecuencia se SENTENCIÓ la causa de REMATE y se ordenó llevar adelante la ejecución hasta que la actora se haga del demandado el íntegro pago del capital reclamado de $ 54684224.28, sus intereses, gastos y costas. Se dispuso que la regulación de honorarios se ajuste al procedimiento de la ley 11.683:92 y normas de AFIP aplicables y se hizo efectivo el apercibimiento del art. 41 del CPCCN. Regístrese y notifíquese por Secretaría a la actora, quedando a su cargo la notificación a la contraria. Publíquese (Acordada CSJN N° 10/2025).
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo): "No habiendo opuesto excepción legítima alguna el ejecutado dentro del término que se le acordara, el que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar. En consecuencia, conforme lo pedido y lo prescripto en los arts. 542, 551 y 558 del CPC y C de la Nación, SENTENCIO esta causa de REMATE y ordeno llevar adelante la ejecución, hasta que la actora FISCO NACIONAL
- AFIP (hoy Agencia de Recaudación y Control Aduanero
- ARCA) se haga del demandado -VIÑUELA MARIA EUGENIA-, íntegro pago del capital reclamado de $ 54684224.28, sus intereses, gastos y costas (CPCCN: 68)." "En cuanto a la regulación de honorarios, estése al procedimiento dispuesto en la ley 11.683: 92, el decreto 65/05 y las disposiciones 85/00 y 651/01 de la AFIP." "Hágase efectivo el apercibimiento del art. 41 del CPCCN. Todo lo que, ASÍ RESUELVO. Regístrese y notifíquese por Secretaría a la actora, quedando a su cargo la notificación a la contraria. Publíquese (Acordada CSJN N° 10/2025)."
- Votos en disidencia: No consta disidencia en el expediente.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar