Incidente Nº 5 - DAMNIFICADO: IRUNGARAY, SERGIO DAMIAN Y OTROS IMPUTADO: VARGAS BLAS, EDINSON JONATHAN s/INCIDENTE DE PRISION DOMICILIARIA
La defensa de Edinson Jonathan Vargas Blas pidió arresto domiciliario por razones humanitarias y protección del interés superior de sus dos hijos menores. La Cámara Nacional de Casación hizo lugar al recurso de casación, casó la resolución recurrida y concedió la prisión domiciliaria con dispositivo de vigilancia electrónica por primar el interés superior del niño y entender que los riesgos procesales pueden conjurarse con ese control.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: La defensa de Edinson Jonathan Vargas Blas (recurrente en casación).
Demandado: Decisión del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 21 (resolución que rechazó el arresto domiciliario) y, en instancia intermedia, la Sala 1 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional (que remitió/ordenó formación de incidente).
Objeto: Se solicitó la sustitución de la prisión preventiva por arresto domiciliario para Vargas Blas, en el domicilio previamente evaluado, por razones humanitarias y por protección del interés superior de sus dos hijos menores; pedido acompañado de la implementación de vigilancia electrónica.
Decisión: La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional hizo lugar al recurso de casación interpuesto por la defensa, casó la resolución recurrida y concedió la prisión domiciliaria a Edinson Jonathan Vargas Blas, con implementación de un dispositivo de vigilancia electrónica y demás modalidades que el tribunal de ejecución estime corresponder; sin costas (art. 3 Convención sobre los Derechos del Niño; arts. 10 CP, 11, 32 y 33 Ley 24.660; arts. 470, 471, 530 y 531 CPPN).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
1) "IV. En el caso, corresponde hacer lugar al recurso presentado, casar la decisión impugnada y, en consecuencia, conceder la prisión domiciliaria peticionada, bajo vigilancia electrónica, pues considero que aquella no se encuentra suficientemente fundada y, a la vez, se ha efectuado una interpretación errónea de las reglas aplicables."
2) "En los precedentes de esta Sala vinculados a los alcances del instituto del que se trata, se ha sostenido sin excepciones que no existe duda acerca de que el fundamento de este supuesto de arresto domiciliario es garantizar el interés superior del niño (art. 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño, cf. Observación General n° 14 del Comité de los Derechos del Niño)..."
3) "Por todo lo expuesto, corresponde hacer lugar al recurso de casación interpuesto por la defensa, casar la resolución recurrida y, en consecuencia, conceder la prisión domiciliaria a Edinson Jonathan Vargas Blas, con la implementación de un dispositivo de vigilancia electrónica y bajo las demás modalidades que el tribunal competente estime corresponder, sin costas..."
- Disidencia relevante: No hubo voto en disidencia de mayorías: los jueces Pablo Jantus y Nicolás Grappasonno votaron coincidentemente y el juez Horacio Días no emitió voto por aplicación del art. 23 CPPN; por tanto la resolución citada es la que integra la decisión de la Cámara.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: