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Legajo Nº 5 - IMPUTADO: VELIZ ALEGRE, CRISTHIAN s/LEGAJO DE CASACION

Recurso de casación del Ministerio Público Fiscal contra la declaración de prescripción de una multa impuesta en sentencia. La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a la casación, revocó la decisión que había tenido por prescripta la multa y remitió las actuaciones al tribunal de origen para su continuación.

Casacion Multa Ministerio publico fiscal Ejecucion penal Penas conjuntas Prescripcion de la pena Quebrantamiento de la condena Remision al tribunal de origen Art. 65 cp Art. 66 cp


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (recurrente).

¿A quién se demanda?

Cristhian Véliz Alegre (condenado).
- Objeto de la demanda: Impugnación por casación de la decisión del juez de ejecución que declaró prescripta la pena de multa de cuarenta y cinco (45) unidades fijas impuesta conjuntamente con la pena de prisión de cuatro años y seis meses.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal, se revocó la decisión impugnada y se remitieron las actuaciones al tribunal de origen. Sin costas en la instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "Ahora bien, como ya tengo dicho, frente a la imposición en el sub lite de penas conjuntas de prisión y multa, asiste razón al Ministerio Público Fiscal en que el tribunal a quo no ha dado razones suficientes en su resolución para demostrar que resulte irrazonable computar un solo plazo temporal para determinar la eventual prescripción de esas sanciones (en el caso, la pena de cuatro (4) años y seis (6) meses de prisión -término mayor-)." "En esa dirección, se sostuvo que 'Mientras se ejecuta el pago en cuotas la prescripción no corre, pues la pena se está ejecutando. La prescripción empieza a correr desde el quebrantamiento (C. Penal, art. 66), lo que, en el caso, lo constituye el mero vencimiento del término sin pagar' (De La Rúa, Jorge...)." "Desde ese hito no transcurrió el plazo de cuatro (4) años y seis (6) meses aplicables al caso. Por ende, la multa no se encontraba prescripta al momento de dictarse la resolución recurrida."
- Disidencia relevante (identificada como tal): El juez Javier Carbajo, en su voto, propuso rechazar el recurso de casación y sostuvo que "la pena de multa que otrora fue parte de una sanción compleja, ha devenido -a los fines de su extinción
- en una pena única, con el plazo de extinción previsto en el art. 65, inc. 4º; es decir, dos años", concluyendo que la resolución impugnada estaba suficientemente sustentada. Dicho voto quedó en minoría.

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