MIJANGOS, PAOLA c/ LA HOLANDO SUDAMERICANA CIA. DE SEGUROS S.A. s/RECURSO LEY 27348
La actora demandó por prestaciones derivadas de accidente in itinere y reconocimiento de incapacidad (Ley 24.557). La Cámara modificó la sentencia apelada respecto del monto de la prestación y los intereses, impuso las costas a la aseguradora vencida y confirmó la regulación de honorarios, regulando los de Alzada en un 30% de lo percibido en la instancia anterior.
¿Quién es el actor?
Mijangos Paola.
¿A quién se demanda?
La Holando Sudamericana Compañía de Seguros S.A. (A.R.T.).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por prestaciones por accidente de trabajo (in itinere del 03/05/2023) y liquidación de indemnización conforme Ley 24.557 (incapacidad psicofísica).
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia apelada respecto del monto de la prestación y los intereses conforme los considerandos; impuso las costas de alzada a la parte demandada vencida; confirmó la regulación de honorarios y reguló los honorarios de la Alzada en un 30% de lo que finalmente perciban por su actuación en la instancia anterior, con más IVA en su caso; y ordenó cumplimentar lo dispuesto en la ley 26.856 y la Acordada CSJN Nº 15/2013.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
1) "En consecuencia, considero acreditado que la actora, conforme constancias de los informes periciales producidos en autos, padece una incapacidad psicofísica parcial, permanente y definitiva del 18,40% de la T.O. como consecuencia del accidente in itinere ocurrido el día 3/05/2023. (fs.79/86 digital)"
2) "Así, en atención al acuerdo al que han arribado mis colegas en los autos 'Causa N°: 26412/2023 ROMAN VILLALBA, NOLVERTO c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/RECURSO LEY 27348' de fecha 20/09/2024 ... la ley 27.348 establece que: a) a los fines del cálculo del valor del ingreso base se considerará el promedio mensual de todos los salarios devengados ... Los salarios mensuales tomados a fin de establecer el promedio se actualizarán mes a mes aplicándose la variación del índice RIPTE ... b) desde la fecha de la primera manifestación invalidante y hasta el momento de la liquidación de la indemnización ... devengará un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina."
3) "Consecuente con ello, la prestación será calculada conforme lo dispuesto en el art. 14 inc..2do a) de la ley 24.557 en base a la incapacidad señalada (18,40 %) y al IBM resultante del promedio de los salarios mensuales previos al accidente ... actualizados por RIPTE hasta la fecha del infortunio (MAYO 2023) más su ajuste posterior mediante el mismo índice hasta la fecha en que se practique la liquidación ... En caso en que la aseguradora no ponga a disposición el pago de la indemnización dentro del plazo debido, se aplicará un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a TREINTA (30) días del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, hasta la efectiva cancelación, acumulándose los intereses al capital en forma semestral, según lo establecido en el artículo 770 del Código Civil y Comercial de la Nación.”
4) Dispositivo final (transcrito por su importancia): "I.
- Modificar la sentencia apelada respecto del monto de la prestación y los intereses conforme lo establecido en los considerandos. II. Imponer las costas en esta instancia a la parte demanda vencida; III.
- Confirmar la regulación de honorarios. IV.
- Regular los correspondientes a las tareas ante esta Alzada, de los letrados de ambas partes, respectivamente, en un 30% (treinta por ciento) de lo que -en definitiva
- les corresponda percibir por su actuación en la instancia anterior, con más el impuesto al valor agregado, en caso de corresponder; V.
- Oportunamente, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 1º de la ley 26.856 y con la Acordada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Nº 15/2013."
- Votos / disidencia: Ambos jueces integran la mayoría (Dra. Diana Cañal expone y propone; Dr. Alejandro H. Perugini adhiere). No consta disidencia.
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