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HERRERA, VICTOR MANUEL c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Reclamó el actor indemnización por accidente de trabajo y secuelas de lumbalgia postraumática y trastorno psicológico. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó la sentencia de grado, hizo lugar a la demanda y condenó a GALENO ART S.A. al pago de $471.005,85 más intereses, con costas y regulación de honorarios.

Costas Honorarios Accidente de trabajo Camara nacional de apelaciones del trabajo Lumbalgia postraumatica Ley 24.557 Galeno art s.a. 20% Incapacidad 13 Art. 6 dec. 717/96 Interes y actualizacion (ley 27.802 art. 55)


¿Quién es el actor?

Herrera, Víctor Manuel.

¿A quién se demanda?

GALENO ART S.A. (ART).
- Objeto de la demanda: Reclamo por prestaciones dinerarias previstas en la ley 24.557 por accidente de trabajo ocurrido el 04/01/2016 y sus consecuencias (lumbalgia postraumática y trastorno psicológico); impugnación del rechazo del siniestro y petición de indemnización por incapacidad.

¿Qué se resolvió?

Se revocó la sentencia apelada y se hizo lugar a la demanda, condenando a GALENO ART S.A. a pagar al actor, dentro del quinto día y mediante depósito judicial, la suma de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y UN MIL CINCO CON 85/100 ($ 471.005,85), con sus intereses; costas de ambas instancias a la demandada; y regulación de honorarios en los porcentajes previstos en el pronunciamiento.
- Fundamentos principales (textos transcritos del fallo): "En conclusión, las partes fueron contestes que una parte del reclamo versó sobre el acontecimiento de un hecho súbito accidente de trabajo del 4/1/2016, respecto del cual la ART demandada brindó prestaciones y alegó existencia de contrato asegurativo. Ergo, la queja ha de prosperar; admitiéndose a tenor de la reseña de la presente, reconocido el siniestro y brindadas las prestaciones señaladas." "Es menester señalar que, luce insoslayable la falta de rechazo del siniestro, en el marco y términos del art. 6 del Dec. 717/96; que establece 'en todos los casos la Aseguradora deberá expedirse expresamente aceptando o rechazando la pretensión y notificar fehacientemente la decisión al trabajador y al empleador'; y agrega que 'el silencio de la aseguradora se entenderá como aceptación de la pretensión transcurridos diez (10) días de recibida la denuncia'." "Por consiguiente, sugiero acoger el reclamo incoado, y hacer lugar a las consecuencias dañosas del accidente de trabajo citado, por un grado de incapacidad parcial y permanente del 13,20% de la t.o., en los términos de art. 14 .2 a) de la LRT. Ello, a tenor del módulo IBM... El cálculo del art. 14 apartado 2 inc. a) de la L.R.T. es $ 392.504,88... con el adicional del art. 3 de la ley 26.773... Lo que arroja la cifra de $ 471.005,85." "Respecto de la tasa de interés a aplicar... se dispone la aplicación de tales accesorios desde la fecha de consolidación jurídica del daño (4/1/2016) y hasta su efectivo pago..."
- Votos: La Dra. Maria Claudia Jueguen formuló el voto principal proponiendo revocar y hacer lugar al reclamo; el Dr. Leonardo Ambesi adhirió. No aparece disidencia.

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