PAIVA VAZQUEZ, ANTONIO c/ EXPERTA ART S.A. (EX EXPERIENCIA ART S.A.) s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Reclamaron indemnización por accidente de trabajo/in itinere por lesiones físicas y psicológicas. La Cámara modificó parcialmente la sentencia reduciendo la condena a $57.379,35 y confirmó lo demás, disponiendo costas y regulación de honorarios conforme al pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
PAIVA VAZQUEZ, ANTONIO.
¿A quién se demanda?
EXPERIENCIA ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo indemnizatorio por accidente de trabajo (accidente in itinere) por secuelas en rodilla, hombro y daño psicológico.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de grado y redujo el monto de condena a PESOS CINCUENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 35/100 ($57.379,35), ajustando los accesorios según lo dispuesto y sin producirse reformatio in pejus; impuso costas de primera instancia a la demandada, reguló honorarios (17%, 13%, 7% y 6% según corresponda), ordenó costas de alzada y regulación de honorarios por su actuación en esta instancia en el 30% para cada parte, y confirmó lo demás resuelto.
- Fundamentos principales (transcripción literal de los párrafos más relevantes):
"Por lo expuesto, sugiero hacer lugar al agravio deducido y revocar el pronunciamiento de grado en cuanto admite incapacidad por accidente “in itinere” en hombro izquierdo y psicológica."
"En definitiva, no esgrime la apelante argumentos de rigor científico ni aporta elementos de juicio que revelen errores o un inadecuado uso por parte del experto de sus conocimientos científicos, ya sea en la apreciación de las circunstancias de hecho o por fallas lógicas en el desarrollo de los razonamientos empleados que conduzcan a descartar la idoneidad probatoria de la peritación (cfr. in re: “Sáez c/ Industria Plástica Yasban”, SD 462 del 22/10/96) y la vinculación de la patología referida con el infortunio de autos."
"Por lo expuesto, de prosperar el presente voto correspondería: 1) Modificar parcialmente la sentencia apelada reduciendo el monto de condena a la cifra de PESOS CINCUENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 35/100 ($ 57.379,35), debiendo ajustarse los accesorios de condena a lo dispuesto en el considerando respectivo del presente pronunciamiento, en la medida que no se produzca una “reformatio in pejus”; 2) Costas de la primera instancia a la demandada y regular los honorarios de la representación letrada de la parte actora, los de la demandada y los de los peritos médica y psicóloga en el 17%, 13%, 7% y 6%, del monto asignado con sus accesorios. 3) Costas de Alzada por su orden y regular los honorarios de la representación y patrocinio letrado del actor y de la demandada, por su actuación ante esta instancia, en el 30% para cada una de lo que les corresponda percibir por su intervención en la etapa anterior. 4) Confirmarla en lo demás que decide."
- Disidencias relevantes: No consta voto en disidencia; el acuerdo que se consignó en la parte resolutiva es el que integra la decisión mayoritaria.
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