MARQUEZ, HUGO ORLANDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Reclamo por accidente de trabajo contra Provincia ART S.A. por un intento de robo con forcejeo que ocasionó lesiones físicas y psíquicas. La Cámara modificó la sentencia y redujo la condena a $1.538.773,32, confirmó costas y reguló honorarios conforme al decreto 669/19 y las UMA fijadas.
¿Quién es el actor?
Márquez Hugo Orlando.
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por accidente de trabajo (acción fundada en Ley 27.348 / régimen de riesgos del trabajo), reconocimiento de incapacidades físicas y psíquicas, aplicación del art. 3 de la Ley 26.773 (prestación adicional por ocurrir en ocasión del trabajo) y régimen de actualización/intereses.
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, modificó la sentencia de primera instancia reduciendo el monto de la condena a $1.538.773,32 más intereses y ajustes previstos en el decreto 669/19; confirmó lo decidido en materia de costas e impuso las de alzada en el orden causado; y reguló honorarios en 39,59 UMA (actor), 38,82 UMA (demandada) y 11,32 UMA (perito), con los de alzada en el 30% de aquellos para cada representación.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"Por lo expuesto, adhiero al voto que antecede en tanto propone calificar el accidente como ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo, lo cual ha de llevar al reconocimiento del incremento previsto en el art. 3ro de la ley 26.773. Por consiguiente, corresponderá percibir al actor la suma de $ 1.538.773,32 (53 x 238.178,94 x 6,72% x 65/43 mas 20%), mas el ajuste previsto en el decreto 669/19 en los términos señalados en el primer voto." (voto del Dr. A. H. Perugini)
"Por todo ello, el Tribunal RESUELVE: 1. Modificar la sentencia y reducir el monto de la condena a la suma de $ 1.538.773,32 más los intereses y ajustes previstos en el decreto 669/19 en los términos señalados en el primer voto; 2 Confirmar lo decidido en materia de costas e imponer las de alzada en el orden causado; 3. Regular los honorarios de la representación y patrocinio del actor, de la demandada y del perito médico, respectivamente, en 39,59 UMA, 38,82 UMA y 11,32 UMA y los de alzada en el 30% de aquellos para cada representación." (parte resolutiva)
- Disidencia relevante: La Dra. Diana R. Cañal formuló voto con fundamento extenso donde propuso, entre otros extremos, la aplicación de un régimen de actualización e intereses distinto (indexación por IPC/RIPTE/CER más interés y capitalización y la aplicación amplia de Actas de la CNAT). Sin embargo, tales planteos quedaron en minoría y no integran la decisión de la Cámara. La mayoría (Perugini y Loguarro) aplicó el DNU 669/2019 y fijó la condena en los términos indicados.
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