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DI BENEDETTO ADALBERTO HUGO c/ ANSES s/INCONSTITUCIONALIDADES VARIAS

El actor demandó a la ANSeS impugnando la aplicabilidad de los topes y la escala de deducciones del art. 9 inc. 2 y 3 de la Ley 24.463 por tratarse de un régimen especial (Ley 26.508). El Juzgado hizo lugar a la acción, declaró inaplicables esos preceptos respecto de la actora y ordenó el reintegro de las sumas retenidas, con imposición de costas a ANSeS y regulación de honorarios.

Costas Honorarios Prescripcion Reintegro Seguridad social Anses Inaplicabilidad Ley 24.463 art. 9 Ley 26.508 Beneficio jubilatorio docente


¿Quién es el actor?

DI BENEDETTO ADALBERTO HUGO.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Acción para declarar la inaplicabilidad del art. 9 inc. 2 y 3 de la Ley 24.463 respecto del régimen especial establecido por la Ley 26.508 (beneficio jubilatorio docente Ley 26.508), reserva del caso federal y pedido de condena al pago de las diferencias.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la acción. Se declaró la inaplicabilidad a la actora de la escala de deducciones prevista en el art. 9 inc. 2 de la Ley 24.463 y del tope contenido en su inc. 3 por tratarse de un régimen especial regido por la Ley 26.508; se ordenó a ANSeS que, en el plazo de 120 días desde la notificación electrónica, reintegre las sumas retenidas. Se impusieron las costas a ANSeS (art. 36 ley 27423) y se regularon honorarios conforme al Art. 1255 del CCyCN y la ley 27423.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "Por ello que, declaro la inaplicabilidad de la escala de deducciones prevista en el art. 9 inc. 2 de la Ley 24.463 por resultar contrario al beneficio de la demandante regido por la Ley 26.508. Y lo mismo, en relación al tope del art. 9 inc. 3 de la Ley 24.463 pues es inaplicable al caso, toda vez que se encuentra regido por una ley especial." "En tal sentido, citaré el argumento vertido por la Sala 1 de la Excma. CFSS en fecha 06/08/2021 en autos: 'Cascone Osvaldo c/Anses s/reajustes varios' N°5498/18, declaró en su Considerando III que: 'En relación a los agravios expresados relativos a la inaplicabilidad del art. 9 de la ley 24.463, cabe señalar lo decidido al respecto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los fallos "Gemelli, Esther Noemí c/Anses s/reajustes por movilidad", sent. Del 28/07/05, "Siri, Ricardo Juan c/Anses s/reajustes varios" sent. Del 09/08/05 y "Massani de Sesse, Zulema Micaela c/Anses s/reajustes varios" sent. Del 15/11/05, donde sostuvo que es dable afirmar que los regímenes jubilatorios vigentes han quedado sustraídos de las disposiciones que integran el sistema general reglamentado por la leyes 24.241 y 24.463, con el que coexisten, manteniéndose vigentes con todas sus características. Por lo tanto, corresponde declarar inaplicable el art. 9 de la ley 24.463.'" "En consecuencia, corresponde hacer lugar a la acción impetrada, declarando la inaplicabilidad a la actora de la escala de deducciones prevista en el art. 9 de la ley 24463 y ordenar al organismo demandado el reintegro de las sumas oportunamente retenidas, lo que así se decide."
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en la sentencia.

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