SORRENTI NORMA BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió demanda contra ANSES por reajustes varios y recomposición de haber jubilatorio. La Cámara revocó parcialmente la sentencia de grado, confirmó lo demás, declaró desierto el recurso de la demandada y difirió el tratamiento de la PBU y del precedente Villanustre para la etapa de ejecución.
¿Quién es el actor?
Sorrenti Norma Beatriz.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes varios y recomposición íntegra del haber jubilatorio (aplicación de índices de actualización, impugnación de tasas de interés, planteos sobre Prestación Básica Universal y cuestionamientos de inconstitucionalidad de la ley 27.609).
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada conforme surge de los considerandos, la confirmó en lo demás que decide y fue materia de agravios; declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada; diferió el planteo de la PBU para la etapa de ejecución de sentencia; diferió el tratamiento del precedente de la CSJN “Villanustre”; impuso costas de Alzada a la demandada vencida; fijó honorarios de Alzada para la actora en el 30% de la suma que se fije por su labor en primera instancia más IVA, y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (textos transcritos de la sentencia):
"La parte pese a encontrarse debidamente demandada notificada no presentó su expresión de agravios, por ende, corresponde declarar desierto el recurso de apelación intentado (conf. 266 CPCCN)."
"En referencia a los agravios relativos a la Prestación Básica Universal, corresponde diferir el planteo para la etapa de ejecución de sentencia."
"En lo que respecto al planteo de inconstitucionalidad referido a la ley 27.609, este Tribunal se pronunció en los autos: 'WALD ALICIA GRACIELA c/ANSeS s/REAJUSTES VARIOS'... a cuyos fundamentos corresponden extensivos a los presentes, por ende, corresponde confirmar lo dispuesto en la instancia de grado y diferir su tratamiento para la etapa de ejecución."
"Con respecto a la tasa de interés corresponde aplicar la Tasa Pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina hasta su efectivo pago (conf. Corte Suprema de Justicia de la Nación en los precedentes: 'Spitale, Josefa Elida c/ ANSeS s/ impugnación de resolución administrativa'... y 'Cahais, Rubén Osvaldo c/ ANSeS s/ reajustes varios')."
Si hubiera votos en disidencia relevantes: No se registra disidencia; los Dres. Fantini, Carnota y la Dra. Dorado integran la mayoría y adhieren al decisorio.
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