VELOZ OLGA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSES por reajustes previsionales y otras pretensiones vinculadas a la movilidad y al impuesto a las ganancias. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de grado, rechazó los agravios de la demandada y ordenó costas de alzada a la ANSES conforme a la doctrina de la CSJN.
¿Quién es el actor?
VELOZ Olga (parte actora).
¿A quién se demanda?
ANSES (Organismo demandado).
- Objeto de la demanda: reclamos por reajustes varios de haberes previsionales, incluida la recomposición por enero-febrero 2021, cuestionamiento de la Ley 27.609 (fórmula de movilidad) y tratamiento del impuesto a las ganancias.
¿Qué se resolvió?
la Cámara, por mayoría, confirmó el pronunciamiento apelado en cuanto fue materia de agravios; impuso costas de alzada a la demandada conforme a la doctrina de la CSJN en “Morales Blanca Azucena c/ ANSeS”; reguló honorarios al 30% por la actuación en alzada y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"En este orden, corresponde confirmar la sentencia de grado."
"Finalmente, ante la insuficiencia demostrada por el esquema de movilidad de la Ley 27.609, el Poder Ejecutivo dictó el DNU N° 274/2024, publicado el 25 de marzo de 2024. Este decreto introdujo una modificación sustancial en la normativa, sustituyendo el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y disponiendo que los haberes previsionales se ajusten mensualmente de acuerdo con las variaciones del nivel general del índice de precios al consumidor nacional publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) conforme la fórmula que como Anexo forma parte integrante de la norma. Esta nueva fórmula de movilidad, que refleja el aumento del costo de vida, incluye una fase transitoria que garantiza incrementos escalonados acordes al IPC, además de un ajuste extraordinario del 12,5% para compensar los efectos del esquema anterior."
"En consecuencia, a la luz de los precedentes citados, el contexto de cambio y la posibilidad de una solución normativa, este Tribunal considera que corresponde confirmar el diferimiento del tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución."
"Toda vez que la sentencia se dictó en vigencia de la Ley 27.423, en el marco de la doctrina de la CSJN sentada en autos: 'Morales Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de Acto Administrativo', Fallos: 346:634, Sentencia de fecha 22 de junio de 2023, se rechaza el agravio introducido y se confirma la imposición de costas a la demandada (art. 36 Ley 27.423)."
- Disidencia relevante (siempre aclarada como tal):
El Dr. Juan A. Fantini, si bien adhiere en lo general, discrepó respecto de la recomposición del haber de enero y febrero de 2021 y expresó: "En consecuencia, revoco lo dispuesto en la instancia de grado en cuanto a este punto." Esa posición quedó en minoría y no integra la decisión de la Cámara.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: