GONZALEZ ADA DEL VALLE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSeS solicitando el recálculo y reajuste de su prestación previsional por mala actualización de remuneraciones y topes. El Juzgado Federal de la Seguridad Social hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó la redeterminación del haber conforme a las pautas del fallo y el pago de diferencias desde el 01/09/2023, declaró inconstitucionales normas que produzcan merma confiscatoria y admitió la excepción de prescripción opuesta por ANSeS.
¿Quién es el actor?
GONZÁLEZ ADA DEL VALLE.
¿A quién se demanda?
A.N.Se.S. (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajuste y recálculo del haber previsional otorgado bajo la ley 24.241 por incorrecta actualización de remuneraciones computadas; aplicación de pautas de movilidad; cobro de retroactivos con intereses; impugnación de topes máximos y declaración de inconstitucionalidad de normas que afectarían la integralidad del haber.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda y se ordenó a ANSeS redeterminar el haber previsional según las pautas fijadas en los considerandos y abonar, en su caso, las diferencias que surjan a favor de la actora con más sus intereses desde el 01/09/2023 (dos años previos al reclamo administrativo). Se hizo lugar a la excepción de prescripción en los términos del art. 82 L.18.037; se declararon inconstitucionales el art. 26 L.24.241 y el art. 9 L.24.463 para el supuesto de que produzcan una merma superior al 15% del haber; se declaró inconstitucional el art.14 inc.2 Res. S.S.S. 06/2009 en los términos indicados; costas a la demandada; regulación de honorarios diferida para la liquidación definitiva.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los pasajes más relevantes):
"Al respecto, el art. 6 de la ley 24.241 considera remuneración a la fines del S.I.J.P. todo ingreso que percibiere el afiliado ... percibida por servicios ordinarios o extraordinarios prestados en relación de dependencia."
"Por tal motivo, si los adicionales en cuestión, cualquiera sea su denominación, fueron percibidos por la actora en forma habitual y regular, forman parte de su remuneración y como tal, deben ser tenidos en cuenta para determinar el haber jubilatorio."
"En efecto, el legislador dispuso la actualización de las últimas 120 remuneraciones percibidas con el objeto de mantener su valor ... por el contrario, la limitación establecida sobre la remuneración originaria ya sujeta a una base máxima imponible, no hace más que desnaturalizar la finalidad de la norma que pretende reglamentar."
"En virtud de lo anterior, a fin de evitar un dispendio jurisdiccional, estimo adecuado aplicar la referida doctrina y ordenar la actualización de la PBU de acuerdo con el índice considerado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el citado fallo 'Badaro'..."
"En el supuesto en que dicho porcentaje supere el 15% corresponderá abonar la PBU reajustada al acreditarse la confiscatoriedad requerida ... declarándose a esos efectos la inconstitucionalidad del art. 20 de la ley 26.417."
"La suspensión de la movilidad ... no puede expandir sus efectos en forma permanente hacia el futuro. ... deberá liquidarse a la actora el haber que hubiera correspondido de acuerdo con la ley 27.426 en los mensuales enero y febrero de 2021 y tomarse este último como base para adicionar el índice previsto en la ley 27.609 en marzo de 2021."
"Corresponde declarar la inconstitucionalidad del artículo 9 inciso 3° de la ley 24.463 para el supuesto en que en la etapa de liquidación se acredite una disminución en el haber recalculado ... que resulte confiscatoria..."
- Disidencias: No hay votos en disidencia en la sentencia aportada.
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