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EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO c/ ELECTRO PUNTO NET SA s/PROCESO DE EJECUCION

Recurso de ejecución promovido por Desarrollo Productivo contra Electro Punto Net SA por cobro de honorarios en proceso de ejecución. La Cámara confirmó los honorarios de la dirección letrada y representación de la parte actora, y consideró prematuros los planteos relativos al artículo 730 del Código Civil y Comercial, que deberán reiterarse en oportunidad procesal pertinente.

Recurso de apelacion Honorarios Notificacion Confirmacion Proceso de ejecucion Camara contencioso administrativo federal Ley 27.423 Oportunidad procesal. Art. 730 cccn Vacantes de sala


¿Quién es el actor?

DESARROLLO PRODUCTIVO.

¿A quién se demanda?

ELECTRO PUNTO NET SA.
- Objeto de la demanda: Proceso de ejecución destinado a obtener el pago de honorarios por la dirección letrada y representación de la parte actora; discusión accesoria sobre la aplicación del art. 730 del Código Civil y Comercial.

¿Qué se resolvió?

Se confirmaron los honorarios de la dirección letrada y representación de la parte actora. Además, se declaró que los planteos relativos a la aplicación del art. 730 del Código Civil y Comercial resultan prematuros en esta etapa del proceso y deberán ser reeditados, de corresponder, en la oportunidad procesal pertinente. Regístrese, notifíquese y devuélvase.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "Teniendo presente la naturaleza y el resultado del asunto, así como la calidad y la eficacia de la tarea profesional desarrollada en la causa y las etapas cumplidas, SE CONFIRMAN los honorarios de la dirección letrada y representación de la parte actora (arts. 16 y 58 inc. b) de la ley 27.423)." "Asimismo, corresponde señalar que los planteos formulados respecto a la aplicación de lo dispuesto en el art. 730 del Código Civil y Comercial de la Nación resultan prematuros en esta etapa del proceso, atento lo cual, deberán ser reeditados -de corresponder
- en la oportunidad procesal pertinente (cfr. esta Sala, en su actual integración, in re 'EN -M° Producción c/ South
- Net Turismo SA s/ Proceso de Ejecución', Causa Nº 55.624/2019, del 19/9/2024)." "A los fines del art. 109 del Reglamento para la Justicia Nacional, se hace constar que —por hallarse vacantes dos cargos de jueces de esta Sala— suscriben la presente el Dr. José Luis Lopez Castiñeira y el Dr. Jorge Eduardo Morán; quienes integran este Tribunal en los términos de las acordadas n° 2/26 y 5/26 de esta Cámara, respectivamente." (No obra disidencia en el dispositivo.)

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