VERNA USEGLIO NATALIA NOEMI c/ GCBA s/DAÑOS Y PERJUICIOS
Demanda por daños y perjuicios contra el GCBA reclamó, entre otros puntos, regulación de honorarios periciales; la Cámara modificó la regulación apelada y elevó los honorarios del perito a 1 UMA ($104.220), aclarando que el IVA no está incluido y deberá depositarse si corresponde.
¿Quién es el actor?
Verna Useglio Natalia Noemí.
¿A quién se demanda?
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA).
- Objeto de la demanda: juicio por daños y perjuicios con litigio relativo a la regulación y pago de honorarios periciales (honorarios de la perito psicóloga y del Dr. Maximiliano Martín Rodríguez Laurino).
¿Qué se resolvió?
La Cámara ordenó modificar la regulación de honorarios apelada (fecha de regulación 25/03/2026) y elevó los honorarios del Dr. Maximiliano Martín Rodríguez Laurino a 1 UMA, equivalente a $104.220; además aclaró que los importes no incluyen IVA y que, frente a la acreditación de la condición de responsable inscripto, la obligada deberá depositar el importe correspondiente al tributo junto con el pago.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes):
"Que en función de la naturaleza del juicio, teniendo en consideración la calidad, eficacia y extensión de la tarea desarrollada en la ejecución de los honorarios de la perito psicóloga, Sra. Liliana Marisa Rudman corresponde MODIFICAR la regulación de los honorarios del 25/03/2026 apelada y ELEVAR los honorarios del Dr. Maximiliano Martín Rodríguez Laurino a 1 UMA, que equivale a la suma de $104.220 (arts. 16, 20, 29 y ccdtes. de la Ley Nº 27.423; la Resolución SGA Nº 1930/26)."
"Que cabe dejar aclarado que en los importes establecidos precedentemente no se encuentra incluida suma alguna en concepto de Impuesto al Valor Agregado, por lo que –frente a la acreditación de la condición de responsable inscripto en dicho tributo, que oportunamente realice el beneficiario-, la obligada respecto de dichos emolumentos deberá depositar el importe correspondiente a dicho tributo junto con el monto del pago."
- Votos y disidencias: No se consignan votos en disidencia en el dispositivo; la resolución surge del acuerdo de Sala.
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