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ABRAMIAN, SUREN s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA

Solicitud de carta de ciudadanía: el solicitante pidió la incorporación a la ciudadanía argentina. El Juzgado Civil y Comercial Federal N°4 hizo lugar a la petición y declaró ciudadano argentino a Suren Abramian, condicionando la extensión del título al juramento de fidelidad y advirtiendo la obligación de enrolarse y la posible cancelación por fraude u ocultamiento según el art. 15 del Decreto 3213/84.

Registro nacional de las personas Carta de ciudadania Ciudadania Naturalizacion Ministerio de relaciones exteriores Enrolamiento Juzgado civil y comercial federal Ley 346 Decreto 3213/84 Juramento de fidelidad


¿Quién es el actor?

SUREN ABRAMIAN (peticionante de la carta de ciudadanía).

¿A quién se demanda?

Estado argentino (actuaciones dirigidas ante el Juzgado Civil y Comercial Federal; comunicaciones a Registro Nacional de las Personas, Cámara Nacional Electoral y Dirección Nacional de Migraciones; oficio al Ministerio de Relaciones Exteriores).
- Objeto de la demanda: Solicitud de carta de ciudadanía argentina (incorporación a la ciudadanía conforme a la ley N° 346 y su decreto reglamentario).

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la solicitud y se declara ciudadano argentino a Suren Abramian (D.N.I. Nº 96.489.942), nac. 7/9/1978 en Krasnodar, Federación de Rusia, a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que bajo juramento comprometa su fidelidad a la República, su Constitución y sus Leyes; se le hace saber la obligación de enrolarse dentro de los doce meses y la posibilidad de cancelación de la ciudadanía en caso de fraude u ocultamiento conforme al art. 15 del Decreto 3213/84. Comunicaciones al Registro Nacional de las Personas, Cámara Nacional Electoral-Registro de Cartas de Ciudadanía, Dirección Nacional de Migraciones y Ministerio de Relaciones Exteriores; notificación al Sr. Fiscal Federal y archivo oportuno.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "Que en estos autos se han acreditado las condiciones prescriptas por la Constitución, la ley N° 346 y su decreto reglamentario para la incorporación de extranjeros a la Ciudadanía Argentina." "Por ello, teniendo en cuenta la expresa intervención del Ministerio Público Fiscal en fecha 12/08/2026 y habida cuenta la manifestación de voluntad expuesta por la persona peticionante en el formulario de fecha 5/12/2024, RESUELVO: Declarar ciudadano argentino a SUREN ABRAMIAN, D.N.I. Nº 96.489.942, nacido el 7 de septiembre de 1978, en Krasnodar, Federación de Rusia, de nacionalidad rusa, hijo de Albert ABRAMIAN (padre) y de Alla ABRAMIAN (madre), a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que bajo juramento comprometa su fidelidad a la República, su Constitución y sus Leyes; haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro de los doce meses y que, en el supuesto de conocerse con posterioridad a la concesión de la ciudadanía argentina, la existencia de algún impedimento legal, sobrevendrá la situación prevista en el art. 15 del Decreto 3213/84, que determinará la cancelación de la ciudadanía, por haber mediado fraude y/u ocultamiento de datos en el trámite de su obtención." (No hubo votos en disidencia en el expediente; la resolución es única y firmada por el Juez de 1ra Instancia JOSE LUIS CASSINERIO.)

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