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INTERUP SA c/ EN-ARCA-RESOL 3832/16 s/AMPARO LEY 16.986

Interup S.A. promovió acción de amparo para que la AFIP-DGI restablezca su CUIT limitada por inclusión en la “Base de Contribuyentes No Confiables”. La Cámara admitió parcialmente la apelación, ordenó la rehabilitación provisional de la CUIT hasta que la ARCA se pronuncie de manera expresa y fundada, y rechazó los demás agravios.

Costas Regulacion de honorarios Amparo Efecto suspensivo Rehabilitacion provisional Cuit limitada Base contribuyentes no confiables Rg 3832/16 Art. 35 inc. h) ley 11.683 Arca/afip-dgi


¿Quién es el actor?

Interup S.A.

¿A quién se demanda?

Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) / ARCA (Dirección General Impositiva).
- Objeto de la demanda: Se pidió que se ordene la restitución de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de Interup S.A., limitada por la RG AFIP 3832/16 por su inclusión en la Base de Contribuyentes No Confiables.

¿Qué se resolvió?

La Cámara admitió parcialmente el recurso de apelación y, en consecuencia, ordenó a la ARCA que disponga la rehabilitación provisional de la CUIT de la firma amparista hasta tanto se pronuncie de manera expresa y fundada sobre la petición administrativa; rechazó la apelación en los restantes aspectos; impuso las costas de ambas instancias en el orden causado; y declaró insustancial expedirse sobre las apelaciones contra la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "En este punto explicitó que, en efecto, '… hasta tanto sea resuelto el reclamo, la medida preventiva vinculada con la limitación de la CUIT no puede ser ejecutada en atención al efecto suspensivo previsto en el artículo 35, inciso h), de la Ley N° 11.683 (conf. dictámenes de esta Fiscalía General en las causas …)'." (considerando 11) "Ello así, ante la falta de resolución (mediante un acto administrativo en sentido estricto) por parte del organismo fiscal, de la solicitud de '… la modificación del estado administrativo de la Cuit (…) de INTERUP S.A.' presentada por la contribuyente en sede administrativa, remedio éste que tiene, por expresa disposición legal, efectos suspensivos …, lo cierto es que se configura una actuación ilegítima y contraria a la norma del art. 35, inc. h) de la ley 11.683 por parte de la ARCA, debiéndose en consecuencia disponer la rehabilitación provisional de la CUIT de la firma amparista." (considerando 12) "Por todo lo expuesto, y de conformidad con lo dictaminado por el Señor fiscal federal, el Tribunal RESUELVE: 1º) admitir el recurso de apelación interpuesto por la parte actora en forma parcial ... 2°) ordenar a la ARCA que disponga la rehabilitación provisional de la CUIT de la firma amparista hasta tanto se pronuncie de manera expresa y fundada respecto de la petición formulada en tal sentido por dicha contribuyente; 3°) rechazar la apelación de la actora en los restantes aspectos; 4°) imponer las costas ...; 5º) declarar que resulta insustancial expedirse sobre las apelaciones deducidas contra la regulación de honorarios ..." (parte resolutiva final)
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en la parte resolutiva; la decisión es la que figura en la parte dispositiva y se sustenta en criterios de esta Sala y otros precedentes citados.

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