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TAM AEREAS SA c/ EN - DNM - EX 33561097/17 s/RECURSO DIRECTO PARA JUZGADOS

TAM AEREAS SA impugnó multas aplicadas por la Dirección Nacional de Migraciones por un total de $349.577,80. La Cámara declaró mal concedido el recurso de apelación interpuesto por la demandada y confirmó la situación procesal que dejó sin efecto la resolución administrativa y las multas, por no reunir el monto para hacer apelable la resolución (art. 242 CPCCN).

Recurso de apelacion Articulo 242 cpccn Mal concedido Contencioso administrativo Direccion nacional de migraciones Multas administrativas Sala v Inadmisibilidad por monto Sin costas Tam aereas sa


¿Quién es el actor?

TAM AEREAS SA.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Dirección Nacional de Migraciones (EN
- DNM).
- Objeto de la demanda: Impugnación de la resolución del Ministerio del Interior
- Dirección Nacional de Migraciones que confirmó la disposición DNM N.º 2109/2021 e impuso dos multas de $174.788,90 cada una, total $349.577,80.

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró mal concedido el recurso de apelación interpuesto por la demandada; por ello, no admite el recurso por inadmisibilidad formal atendiendo al monto debatido en la causa y se dispone no hacer lugar al recurso (sin costas en esta instancia). Fundamentos principales (transcripción de los párrafos relevantes): "Que, mediante el pronunciamiento de fojas 94 el Juez de la instancia anterior hizo lugar al recurso interpuesto por la actora y dejó sin efecto la resolución del Ministerio del Interior
- Dirección Nacional de Migraciones que había confirmado la disposición DNM N.º 2109/2021 e impuesto dos multas de pesos ciento setenta y cuatro mil setecientos ochenta y ocho con noventa centavos ($174.788,90) cada una, haciendo un total de pesos trescientos cuarenta y nueve mil quinientos setenta y siete con ochenta centavos ($349.577,80)." "En tales condiciones, teniendo en cuenta que el monto debatido en la causa ($349.577,80) no supera el mínimo legal establecido en el artículo 242 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (texto según AC CSJN N° 14/22, vigente al momento de promoción de la presente demanda), corresponde declarar mal concedido el recurso de apelación interpuesto por la demandada; sin costas de esta instancia atento a la inactividad procesal de la parte actora (art. 68, segunda parte, del CPCCN)." Citas textuales relevantes:
- "el monto debatido en la causa ($349.577,80) no supera el mínimo legal establecido en el artículo 242 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación"
- "corresponde declarar mal concedido el recurso de apelación interpuesto por la demandada; sin costas de esta instancia atento a la inactividad procesal de la parte actora (art. 68, segunda parte, del CPCCN)." Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el bloque dispositivo final ni en el texto disponible.

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