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SILVA, NESTOR MANUEL c/ MUÑOZ REALE, MAURO JERONIMO Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Accidente de tránsito: reclamo por daños y perjuicios contra conductor y aseguradora por lesiones y otros rubros. La Cámara revocó parcialmente la sentencia de grado al rechazar la partida de gastos médicos y farmacéuticos y confirmó el resto de la condena, imponiendo las costas de Alzada a la aseguradora.

Accidente de transito Responsabilidad objetiva Incapacidad sobreviniente Dano moral Pericia medica Gastos medicos Aseguradora Pericia psicologica Gastos farmaceuticos Costas de alzada.


¿Quién es el actor?

Néstor Manuel Silva.
- Demandados: Mauro Jerónimo Muñoz Reale; Ignacio Nicolás Crescio Reale; Antártida Compañía Argentina de Seguros S.A. (esta última en los términos del seguro).
- Objeto de la demanda: Pretensión de reparación de daños y perjuicios por accidente de tránsito ocurrido el 14/07/2022, reclamando diversas partidas (incapacidad sobreviniente, daño moral, gastos médicos y farmacéuticos, entre otros), con condena a pago por $4.971.625 en primera instancia.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada rechazando la partida correspondiente a los gastos médicos y gastos farmacéuticos; confirmó la sentencia en todo lo demás que fue materia de quejas; impuso las costas de Alzada a la aseguradora sustancialmente vencida; difirió la regulación de honorarios hasta que sean estimados en la instancia de grado; y ordenó que, vueltos los autos al juzgado de grado, se adopten las medidas necesarias respecto del ingreso del tributo de justicia faltante.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes):
- "I. Revocar parcialmente la sentencia apelada para rechazar la partida correspondiente a los gastos médicos y gastos farmacéuticos. II. Confirmarla en todo lo demás que decidió y fue materia de quejas. III. Las costas de Alzada deberán se imponen a la aseguradora sustancialmente vencida (cpr 68)."
- Sobre responsabilidad objetiva: "En efecto, resulta indiferente la culpa del agente, toda vez que se prescinde de ella y la obligación de reparar se efectúa con abstracción de la imputación subjetiva. El sindicado como responsable se exonera si acredita la causa ajena..."
- Respecto de valoración pericial y prueba: "la valoración de la prueba pericial debe realizarse conforme las pautas generales del cpr. 386, y con las especificaciones dadas por el cpr. 477... la sana crítica aconseja (frente a la imposibilidad de oponer argumentos científicos de mayor peso) aceptar las conclusiones del perito..."
- Sobre incapacidad y cuantificación: "por lo expuesto, teniendo en cuenta los parámetros delineados supra, considero que la suma de $ 3.000.000 asignada para afrontar el resarcimiento de la incapacidad sobreviniente no resulta elevada; por lo que propongo al Acuerdo su confirmación (cpr 165)."
- Motivo de la revocación parcial (gastos médicos/farmacéuticos): "Cabe referir que aun cuando el CCCN 1746 dispone que los referidos gastos deben presumirse de acuerdo a la índole de las lesiones padecidas por la víctima, el pedido expreso de su resarcimiento no puede ser omitido por el accionante, extremo que se comprueba en autos. En base ello, cabe admitir la queja de la aseguradora y revocar en este aspecto el pronunciamiento apelado."
- Votos: Ambos jueces (Polo Olivera y Carranza Casares) votaron en el mismo sentido; no consta disidencia.

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