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ZAPATA, LUIS ELIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSeS solicitando el reajuste de su haber previsional por normas que considera inconstitucionales. La Cámara Federal de Mendoza hizo lugar a la apelación, revocó la providencia que exigía reclamo administrativo previo y devolvió los autos para continuar la causa, por entender que dicho requisito resulta un ritualismo inútil en las circunstancias del caso.

Recurso de apelacion Seguridad social Acceso a la jurisdiccion Anses Reclamo administrativo previo Ineficacia del procedimiento Ritualismo inutil Reajuste de haberes Ley 19.549 Ley 27.742


¿Quién es el actor?

Luis Elio Zapata.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajuste del haber previsional y declaración de inconstitucionalidad de normas que regulan la determinación inicial y la movilidad del haber.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por la actora; en consecuencia, se revocó la providencia apelada que había exigido la presentación del reclamo administrativo previo y se devolvieron los autos para continuar la causa; se dispuso sin costas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "El art. 51 de la ley 27.742, que sustituyó al artículo 32 de la ley 19.549, estableció casos en los que no es necesario interponer recurso administrativo previo, entre ellos, el inciso c), cuando 'mediare una clara conducta del Estado que haga presumir la ineficacia cierta del procedimiento, transformando el reclamo previo en un ritualismo inútil'." "Dicho esto, y en atención al objeto de la demanda, el reclamo administrativo previo exigido como requisito de admisibilidad de la acción, implica un ritualismo inútil, debido a que ANSeS no puede declarar la inconstitucionalidad de las normas que aquí se cuestiona." "Asimismo, en materia de reajustes de haberes, ANSeS, ha mantenido de manera reiterada e invariable una postura de rechazo frente a reclamos vinculados al reajuste y movilidad del haber previsional... Todo ello, evidencia la ineficacia cierta del procedimiento, transformándolo en un ritualismo inútil que, en los términos de la normativa referida, exime de recurrir a la vía administrativa previa."
- Votos en disidencia: No consta disidencia en la parte resolutiva; la decisión se adoptó por la mayoría que suscribió el fallo.

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