Logo

ROSALES, ELIANA ALEXANDRA c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986

La actora solicitó pensión por discapacidad como hija mayor incapacitada a cargo del causante. La Cámara Federal de Mendoza hizo lugar a la apelación, revocó la sentencia de primera instancia y ordenó a ANSES conceder la pensión por aplicación del art. 53 e) de la ley 24.241, imponiendo costas y regulando honorarios.

Costas Honorarios Apelacion Dependencia economica Anses Pension por discapacidad Incapacidad para el trabajo Amparo ley 16.986 Certificado unico de discapacidad (cud) Art. 53 e) ley 24.241


¿Quién es el actor?

ELIANA ALEXANDRA ROSALES (actora).

¿A quién se demanda?

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
- Objeto de la demanda: acción de amparo para obtener pensión por discapacidad (pensión por fallecimiento, art. 53 inciso e) ley 24.241) como hija mayor incapacitada a cargo.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso de apelación, se revocó la sentencia de fecha 22/05/2026 y se hizo lugar a la acción; se declaró que asiste el derecho de Eliana Alexandra Rosales a percibir la pensión por discapacidad en los términos del art. 53 inciso e) de la ley 24.241, debiendo ANSES dictar el acto administrativo pertinente en el término de 30 días; se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios (30% de lo regulado en primera instancia).
- Fundamentos principales de la decisión (parárafos/textos transcritos relevantes): 1) "Entiendo que son institutos jurídicos diferentes, con finalidades y requisitos o exigencias diversas, así el art. 48 inc. a de la ley 24.241, legisla el retiro por invalidez, mientras que el art. 53 el derecho a pensión de los derechohabientes, sin que exista razón jurídica para pretender que los requisitos de uno lo sean también del otro." 2) "De la prueba aportada surge acreditado que la actora, a la fecha del fallecimiento de su madre, se encontraba incapacitada pues acredita haber obtenido un Certificado Único de Discapacidad (CUD), lo que implica aceptar como cierto el contenido de este instrumento público ... La incapacidad viene de hecho anterior a su declaración oficial, pero es evidente por sus patologías su existencia preexistente." 3) "Así las cosas el motivo de rechazo de ANSES, la ausencia del 66% de incapacidad laboral debe ser desestimada, habiéndose acreditado la incapacidad que requiere la norma legal PARA ACCEDER AL BENEFICIO DE PENSION POR DISCAPACIDAD." 4) "Por ello para poder acceder a la pensión, también es requisito no percibir ningún otro beneficio, por lo que en ese caso debe hacer uso de su derecho a opción de acuerdo a sus necesidades y conveniencia, elección que la misma ley lo permite."
- Disidencias: la resolución fue adoptada por unanimidad; no hubo voto en disidencia relevante.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar