LAZZARO, OSVALDO ENRIQUE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor Osvaldo Enrique Lazzaro promovió demanda contra ANSES por reaplicación de reajustes y devolución de sumas retroactivas. La Cámara Federal de Mendoza rechazó el recurso de apelación de ANSES, confirmó la declaración de inconstitucionalidad del art. 1° de la ley 27.609 en la parte aplicada al caso, ordenó la exención del retroactivo del impuesto a las ganancias, impuso las costas a ANSES y reguló honorarios en el 30% de lo fijado en primera instancia.
¿Quién es el actor?
LAZZARO, Osvaldo Enrique.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes y retroactivos de prestaciones previsionales (cuestión de la fórmula de movilidad y la actualización conforme IPC; además pedido de que los retroactivos no sean alcanzados por el impuesto a las ganancias).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSES y, por ende, se confirmó la decisión de primera instancia; se impusieron las costas a la demandada vencida (art. 36 ley 27.423) y se regularon los honorarios profesionales en un treinta por ciento (30%) de lo regulado en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo):
"Conclusión. La sentencia recurrida se ajusta a derecho al declarar la inconstitucionalidad del art. 1° de la Ley n° 27.609, por vulnerar el principio de no regresividad, sin que el Estado haya aportado justificación suficiente. Corresponde, pues, rechazar el agravio y mantener el criterio adoptado."
"Así, no se cuestiona la constitucionalidad de la ley sino que el a-quo se expide sobre la falta de aplicación al caso y por ello, para evitar que ANSES repita la conducta habitual de retener el impuesto, le ordena de oficio, sin planteo alguno de la actora, la conducta contraria para salvaguardar la integralidad del retroactivo cuya devolución se ordena lo que no importa un pronunciamiento extra petita."
"Las costas de la presente instancia se impondrán a la demandada vencida (Fallo “MORALES, BLANCA AZUCENA C/ ANSES S/ IMPUGNACION DE ACTO ADMINISTRATIVO”
- art. 36 de la ley nº 27.423)."
"Los honorarios de los profesionales intervinientes se regularán en un treinta por ciento (30%) de lo regulado en primera instancia (art. 30 de la Ley n° 27.423)."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; los Dres. Pérez Curci y Soneira adhieren al voto del Dr. Pizarro, que resolvió la cuestión.
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