Logo

BANCO DE LA NACION ARGENTINA c/ MONTEIRO, RODRIGO SIMON s/EJECUCIONES VARIAS

El Banco de la Nación Argentina promovió ejecución por PESOS 24.981.843,82 más actualización, intereses y costas contra Rodrigo Simón Monteiro. El Juzgado Federal de Bahía Blanca N°2 hizo lugar a la ejecución, sentenció la causa de remate y ordenó llevar adelante la ejecución hasta obtener el íntegro pago del capital reclamado.

Ejecucion Apercibimiento Remate Juzgado federal Honorarios diferidos Notificacion automatica 82 Banco de la nacion Cpcc arts. 542/551/558 Capital reclamado $24.981.843 Ejecuciones varias.


¿Quién es el actor?

BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA.

¿A quién se demanda?

RODRIGO SIMON MONTEIRO.
- Objeto de la demanda: Ejecución dineraria y remate para obtener el pago del capital reclamado por PESOS 24.981.843,82, más actualización, intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la ejecución; se declaró la causa de remate y se ordenó llevar adelante la ejecución hasta que la actora obtenga de la accionada el íntegro pago del capital reclamado de PESOS VEINTICUATRO MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES CON OCHENTA Y DOS CENTAVOS ($24.981.843,82), con más el importe de actualización, intereses y costas. Se difirió la regulación de honorarios hasta determinar el capital actualizado. Se apercibió conforme arts. 542, ap. 4°, 41 y 133 del CPCC y se fijó notificación automática los días martes y viernes (o el siguiente día hábil).
- Fundamentos principales (transcripción literal de los párrafos relevantes): "No habiendo opuesto excepción legítima alguna el ejecutado dentro del término que le fuera acordado, el que se encuentra vencido, désele por decaído el derecho que ha dejado de usar." "En consecuencia, conforme lo pedido y lo prescripto por los arts. 542, 551 y 558 del CPCC, SENTENCIO esta causa de remate y ORDENO llevar adelante la EJECUCIÓN hasta que la actora BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, obtenga de la accionada RODRIGO SIMON MONTEIRO, el íntegro pago del capital reclamado de PESOS VEINTICUATRO MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES CON OCHENTA Y DOS CENTAVOS ($24.981.843,82), con más el importe de actualización, intereses y costas." "Difiérase la regulación de honorarios hasta el momento de determinarse el capital actualizado (art. 22 de la Ley arancelaria vigente)." "Hágase efectivo el apercibimiento dispuesto por el art. 542, ap. 4°, arts. 41 y 133 del CPCC, haciéndosele saber que las sucesivas notificaciones serán en forma automática, los días martes y viernes, o el siguiente día de nota, si alguno de ellos fuere feriado."
- Votos en disidencia: No se consignan disidencias en el expediente.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar