Principal en Tribunal Oral TO01 - PROCESADO: VAGO GUSTAVO ANGEL Y OTROS s/DEFRAUDACION CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA, ASOCIACION ILICITA, COHECHO y NEGOCIACIONES INCOMPATIBLES (ART.265)
Juicio por defraudación a la administración pública y cohecho relacionado con el Proyecto de Expansión de Gas 2005 contra funcionarios y directivos de Skanska. La Sala del Tribunal Oral (por mayoría) condenó a Julio M. De Vido, José F. López, Néstor A. Ulloa y a otros imputados por cohecho pasivo y administración fraudulenta; rechazó planteos de nulidad y de prescripción y ordenó decomisos por $34.594.947,34 y $14.017.588,69.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (Dr. Abel Córdoba y fiscales auxiliares Juan Manuel Gaset Maisonave y Lucio López; instructores y fiscales anteriores intervinientes durante la causa).
- A quién se demanda (Demandados): múltiples imputados entre ellos JULIO MIGUEL DE VIDO; JOSÉ FRANCISCO LÓPEZ; NÉSTOR ALBERTO ULLOA; MARIO ALBERTO PIANTONI; GUSTAVO ÁNGEL VAGO; JAVIER AZCÁRATE; HÉCTOR OSVALDO OBREGÓN; JUAN CARLOS BOS; ALEJANDRO JUAN GERLERO; ROBERTO ANTONIO ZAREBA; ALFREDO NORBERTO GRECO; ADRIÁN FÉLIX LÓPEZ; y otros.
Objeto: acusación por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública y cohecho (activo y pasivo) vinculados al direccionamiento de licitaciones y a la generación de fondos extracontables a través de facturación y contratos simulados en el marco del "Proyecto de Expansión de Gas 2005".
Decisión: conforme al bloque dispositivo transcripto en la sección 0, el Tribunal rechazó los planteos de nulidad del alegato fiscal, rechazó planteos de extinción y de prescripción oportunamente formulados, y, por mayoría, condenó a varios imputados (entre ellos JULIO M. DE VIDO, JOSÉ F. LÓPEZ y NÉSTOR A. ULLOA) por cohecho pasivo en concurso ideal con administración fraudulenta y a directivos de Skanska y terceros por cohecho activo/administración fraudulenta; además ordenó el decomiso de $34.594.947,34 (producto de administración fraudulenta) y $14.017.588,69 (producto de cohecho). El Tribunal dejó también constancia de firmas y disidencias parciales de la Dra. López Iñiguez conforme se detalló en la sentencia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de 2-3 párrafos relevantes, lenguaje original del tribunal):
1) "Sostuvo que se corroboró que percibió pagos instrumentados por Mario Piantoni, Gustavo Vago, Ignacio de Uribelarrea, Javier Azcárate, Héctor Osvaldo Obregón, Eduardo Varni, Juan Carlos Bos, Alejandro Gerlero y Roberto Antonio Zareba, quienes extrajeron trece millones novecientos cuarenta y nueve mil ochocientos veintinueve pesos con ochenta y siete centavos ($13.949.829,87) de la filial argentina de la multinacional sueca, con el objeto de destinar, al menos parte del total, a los funcionarios públicos que intervinieron en el proceso administrativo; entre los que se encontraban, al menos, el nombrado Julio Miguel De Vido, José Francisco López y Néstor Alberto Ulloa."
2) "La prueba reunida permite tener por acreditado, más allá de toda duda razonable, que desde la estructura interna de Skanska se organizó y ejecutó una operatoria destinada a generar fondos extracontables y utilizarlos, al menos parcialmente, para el pago u ofrecimiento de ventajas indebidas vinculadas con actuaciones funcionales provenientes del ámbito público."
3) "La recomendación estaba vinculada con la supuesta contratación de trabajos de ingeniería de detalle y confección de manuales correspondientes a la ampliación de la planta compresora Deán Funes-TGN. Con independencia de que esos manuales hayan sido finalmente confeccionados o no, el dato relevante para el análisis del art. 265 CP es otro: desde el ámbito de los funcionarios que intervenían en el contrato se transmitió a Skanska una sugerencia concreta respecto de la contratación de un tercero, asociándola expresamente con la obtención de una tramitación favorable del proyecto."
- Disidencia relevante: la Dra. María Gabriela López Iñiguez formuló disidencias parciales respecto de la calificación legal, grado de participación y montos de pena en varios puntos (señaladas al final de la sentencia), pero la parte resolutiva fue por mayoría y prevalece lo dispuesto en la sección dispositivo.
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